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La reducción de la jornada laboral para empleados públicos y trabajadores oficiales de la rama ejecutiva avanza con el debate del proyecto de ley 518 de 2025, el cual busca igualar la jornada laboral del sector público con el privado sin afectar el salario de los empleados.
Tras la implementación gradual de la Ley 2101 de 2021, que redujo la jornada laboral en el sector privado hasta 42 horas semanales, el Congreso comenzó a estudiar la ampliación de esta medida al sector público.

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El proyecto de ley 518 de 2025 plantea que empleados públicos y trabajadores oficiales comiencen a laborar una jornada de 42 horas, sin afectar su salario ni las prestaciones sociales.
De aprobarse, este proyecto de ley modificaría la normativa que regula la jornada laboral en entidades estatales y cerraría la brecha existente entre el sector público y el privado, promoviendo la igualdad laboral.
Históricamente, la regulación del tiempo de trabajo en el sector público se ha mantenido rígida. El artículo 3 de la Ley 6 de 1945 fijó una jornada laboral máxima de 48 horas semanales para trabajadores oficiales del orden nacional.
Por otro lado, la Ley 2101 de 2021 implementó la reducción progresiva de la jornada laboral máxima en el sector privado, la cual se redujo de 48 horas y llegará hasta 42 horas semanales en 2026.

Mientras tanto, en el ámbito internacional, organismos como la Organización Internacional del Trabajo recomiendan jornadas cercanas a 40 horas como estándar de bienestar y productividad.
El proyecto de ley 518 de 2025 propone la reducción de la jornada laboral de manera gradual para empleados públicos y trabajadores oficiales. Esta iniciativa prevé una transición hasta llegar a 42 horas semanales, garantizando que no haya reducción salarial ni afectación prestacional.
Las principales propuestas del proyecto de ley 518 de 2025 son las siguientes:
1. La jornada máxima legal en los decretos 1042 y 1045 de 1978, y demás normas relacionadas, se entenderá como jornada máxima legal 42 horas semanales.
2. La jornada diurna será de 6:00 a. m. a 6:00 p. m., mientras que la jornada nocturna estará comprendida entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m. El trabajo realizado en horario nocturno tendrá un recargo del 35 %. Las horas extras serán remuneradas con un recargo del 25 % si se ejecutan durante el día y del 50 % si se realizan en la noche, salvo en labores discontinuas o intermitentes, donde el pago adicional se acordará entre las partes.
3. La reducción de la jornada laboral para empleados públicos se implementará de forma progresiva. Al cumplirse un año desde la entrada en vigor de la ley, la jornada semanal se reducirá en una hora, quedando en 43 horas. Al completarse el segundo año, se disminuirá una hora adicional y la jornada quedará fijada definitivamente en 42 horas semanales.
4. Para los trabajadores oficiales, la reducción también se aplicará gradualmente. En el primer año, la jornada semanal se reducirá a 47 horas; en el segundo año se ajustará a 46 horas. A partir del tercer año se disminuirán dos horas por cada año hasta alcanzar las 42 horas semanales.
5. Las entidades públicas podrán adoptar desde la entrada en vigor de la ley la jornada de 42 horas semanales, siempre que presenten un estudio técnico que lo sustente. En el caso de las entidades territoriales, ese estudio deberá ser enviado a la Escuela Superior de Administración Pública y al Ministerio del Trabajo.
6. La reducción de la jornada laboral no afectará el salario ni las prestaciones de los empleados públicos y trabajadores oficiales. Tampoco disminuirá el valor de la hora laboral ni exonerará a las entidades de sus obligaciones laborales.
7. Los convenios colectivos firmados entre la Administración Pública y los sindicatos, en los que se haya acordado una jornada laboral inferior a la prevista como máxima en esta ley, deberán mantenerse en sus términos y no podrán ser modificados en perjuicio de los trabajadores por parte de los directivos de las entidades públicas.
En la siguiente conferencia, la Dra. Leidy Johanna Agudelo compartirá una mirada clara sobre lo que empleadores y trabajadores deben tener presente para enfrentar los retos normativos y operativos que trae el segundo semestre del año. Podrás identificar qué aspectos actualizar en tu organización y cómo gestionar de forma oportuna las novedades laborales.