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Derecho Comercial  - 5 febrero, 2026

Congreso no aprobó el proyecto de reforma tributaria radicado en septiembre de 2025


Congreso no aprobó el proyecto de reforma tributaria radicado en septiembre de 2025

Actualizado: 16 diciembre, 2025 (hace 2 meses)

El pasado 9 de diciembre la Comisión Cuarta del Senado terminó hundiendo la primera y única ponencia para discusiones del proyecto de reforma tributaria que se había radicado el día 25 de noviembre, en la cual se conservaban la gran mayoría de propuestas del texto radicado el 1 de septiembre.

¿Qué sucedió en el Congreso con el proyecto de reforma tributaria?

El pasado 9 de diciembre de 2025, de acuerdo con informes oficiales de prensa, las comisiones conjuntas del Congreso, en especial la Comisión Cuarta del Senado, decidieron no aprobar el proyecto de ley de financiamiento (ver el artículo 347 de la Constitución Nacional) que el Gobierno del presidente Gustavo Petro había radicado en el Congreso desde el día 1 de septiembre de 2025.

Con este proyecto aspiraba a recaudar nuevos recursos (unos 16,3 billones de pesos) que le permitieran llenar el hueco fiscal que se formará en el presupuesto general de la Nación durante el año 2026. 

¿Qué modificaciones incluía el proyecto de reforma tributaria?

El texto original del proyecto radicado en el Congreso en septiembre 1 de 2025 constaba de 95 artículos, los cuales afectaban 121 normas diferentes, de las cuales 84 hacían parte del Estatuto Tributario nacional y las otras 37 correspondían a normas por fuera del mismo.

Entre las propuestas más importantes que incluía el texto del proyecto de reforma tributaria original se encontraban:

  1. Derogar los artículos 38 a 41 del ET, los cuales permiten a las personas naturales no obligadas a llevar contabilidad restar como un ingreso no gravado en su declaración de renta el monto de los ingresos por intereses obtenidos en entidades financieras que corresponden al componente inflacionario.
  2. Eliminar el procedimiento 2 de retención en la fuente sobre rentas laborales y, al mismo tiempo, modificar el procedimiento 1 de dicha retención, elevando los porcentajes de la tabla del artículo 383 del ET que se utilizan para practicar la mencionada retención.
  3. Elevar las tarifas de la tabla del artículo 241 del ET, con la cual se liquida el impuesto de renta de las personas naturales y/o sucesiones ilíquidas residentes del régimen ordinario.
  4. Modificar el artículo 294-3 del ET reduciendo de 72.000 UVT ($3.770.928.000 en enero 1 de 2026) a solo 40.000 UVT ($2.094.960.000) el monto del patrimonio líquido por el cual las personas naturales y sucesiones ilíquidas seguirían respondiendo por el impuesto anual al patrimonio. Además, se modificarían las tablas del artículo 296-3 del ET con las cuales se liquidaría el impuesto.
  5. Modificar el artículo 317 del ET para aumentar del 20 % al 30 % la tarifa para liquidar el impuesto de ganancias ocasionales por concepto de loterías, rifas y similares. Además, se propuso modificar el artículo 307 del ET para disminuir el monto de las ganancias ocasionales exentas que se podrían restar cuando se percibieran ingresos por herencias o legados.
  6. Aumentar del 5 % al 19 % el IVA a los vehículos híbridos.
  7. Imponer el IVA del 19 % a las apuestas en línea las cuales figuran como excluidas en el ET, pues el IVA del 19 % solo se está cobrando actualmente para los juegos de azar presenciales. Además, y solo de forma transitoria entre febrero y diciembre de 2025, las apuestas en línea han quedado gravadas con IVA del 19 % mediante el Decreto Ley 175 de febrero de 2024 (expedido bajo el amparo de la declaratoria de conmoción interior que se hizo para la zona del Catatumbo).
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Posteriormente, en el primer y único texto que se pudo radicar para ponencias y discusiones en el Congreso el día 25 de noviembre de 2025 (el cual tenía 90 artículos), se eliminaban varias de las propuestas originales (como las de afectar con impuesto de renta las actividades comerciales de las iglesias), pero se incluyeron nuevas propuestas como la de gravar con IVA del 19 % las importaciones superiores a 50 dólares, lo cual afectaría a quienes hacen pequeñas importaciones mediante plataformas como Amazon.

Efectos de la no aprobación del proyecto de reforma tributaria

En conclusión, dado que la propuesta de reforma tributaria fue archivada en el Congreso, en 2026 continuarán vigentes las mismas normas fiscales aplicables hasta el cierre de 2025. Estas solo podrían modificarse si la Corte Constitucional llegara a declarar alguna de ellas inexequible.

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