Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Contabilización de impuesto diferido por pérdidas fiscales


Contabilización de impuesto diferido por pérdidas fiscales
Actualizado: 21 octubre, 2020 (hace 3 años)

Las pérdidas fiscales generan impuestos diferidos activos por el derecho que tiene la entidad a disminuir el impuesto de los períodos futuros en los que aquellas se compensen.

En este editorial explicamos cómo se realiza el cálculo y contabilización del impuesto diferido por pérdidas fiscales.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: ¿cómo debe ser contabilizado el impuesto diferido cuando se presentan pérdidas fiscales?

Cuando se tienen pérdidas fiscales, el artículo 147 del Estatuto Tributario –ET– otorga el derecho a compensarlas con las rentas líquidas que se obtengan dentro de los 12 períodos fiscales siguientes.

Por este motivo, cuando se generan pérdidas fiscales, se debe contabilizar un impuesto diferido activo por el derecho que se tiene a disminuir el impuesto de los períodos siguientes en los que se compensen dichas pérdidas.

Recordemos que el impuesto diferido activo se contabiliza como:

  • un débito a la cuenta de impuestos diferidos activos en el activo no corriente, y
  • un crédito a la cuenta de ingreso por impuesto diferido en el estado de resultados.

En ese sentido, supongamos que una entidad tiene una pérdida fiscal por $100.000.000 en el ejercicio 2020, por lo que calcula su impuesto diferido así:
$100.000.000 x 30 % = $30.000.000

Nota: en este caso, la entidad utiliza la tarifa del 30 % porque, según el artículo 240 de ET, es la que estará vigente en el período en el que la entidad espera que el impuesto diferido se revierta (ver nuestro editorial ¿Qué tarifa se aplica al calcular el impuesto diferido?).

La contabilización del impuesto diferido es la siguiente:

Cuenta

Débito

Crédito

Activo no corriente – impuesto diferido activo

$30.000.000

Ingresos por impuesto diferido

$30.000.000

Efectos de reconocer impuesto diferido por pérdidas fiscales

En el siguiente video de nuestro consultorio de Estándares Internacionales, Juan Fernando Mejía, conferencista de Actualícese, profundiza respecto a los efectos de la contabilización del impuesto diferido por pérdidas fiscales:

El Dr. Mejía explica que el impuesto diferido por pérdidas fiscales solo se debe reconocer cuando la entidad tiene certeza de que en los siguientes 12 períodos obtendrá rentas liquidas para compensar esas pérdidas (ver párrafo 29.21 del Estándar para Pymes).

De lo contrario, podría resultar mejor para la entidad no reconocerlos, pues el ingreso por impuesto diferido aumenta las utilidades contables, ocasionando que la entidad distribuya mayores dividendos, los cuales estarán gravados en cabeza de los socios (ver nuestro editorial Impuesto diferido por pérdidas fiscales: consecuencias financieras de su reconocimiento).

Material relacionado:

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
,