Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

“Contador que realice actividades de evasión de impuestos, debe ser sancionado disciplinariamente por la JCCP”


“Contador que realice actividades de evasión de impuestos, debe ser sancionado disciplinariamente por la JCCP”
Actualizado: 4 agosto, 2012 (hace 12 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • ¿Qué se puede hacer para que en Colombia exista realmente una cultura del pago de impuestos?
  • ¿Qué debe hacer la DIAN para que poco a poco cambie su imagen frente a todos los colombianos?
  • Siempre se han presentando inconvenientes con los procesos tecnológicos de la entidad. ¿Qué hacer para revertir esa situación?
  • ¿Cuáles son las modalidades que más están utilizando los establecimientos comerciales al momento de evadir impuestos?
  • Después de lo sucedido con el caso Hard Rock Café en Bogotá, muchos contadores han pedido que se investiguen a los contadores involucrados. ¿Usted qué opina al respecto?
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  • Otro tema que va de la mano con la evasión son los paraísos fiscales. ¿Cómo se deben combatir?
  • El senador conservador Juan Mario Laserna afirma que al Gobierno le falta decisión para combatir los paraísos fiscales. ¿No existen normas que hagan cumplir el Art.260-6 del Estatuto Tributario como él asegura?

Dialogamos con el contador público, especialista en hacienda pública, y ex consultor de la Contaduría General de la Nación y del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, John Edward Torres Pinilla, sobre la evasión de impuestos en Colombia. Las modalidades, la falta de cultura de pago, los paraísos fiscales y la posición de los establecimientos comerciales.

La Cita (haz click en la imagen para ampliar)

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El Dr. Torres Pinilla también es uno de nuestros destacados columnistas y ha realizado diplomados en estándares internacionales de contabilidad e información financiera, administración pública, y control social a la gestión pública, asesor del Fondo Adaptación.

También se desempeñó como ex consultor de la Cámara de Representantes, docente universitario en las Universidades Militar Nueva Granada, Santo Tomás y Los Libertadores en las cátedras de contabilidad pública, finanzas públicas, control interno y contabilidad internacional.

¿Qué se puede hacer para que en Colombia exista realmente una cultura del pago de impuestos?

El Estado cumple dos funciones económicas básicas, una de captación, que se ejecuta a través del recaudo de los ingresos, en especial de los corrientes, y otra de asignación, a través de la cual se programa el gasto público. Ambas funciones van de la mano y en el contexto de la pregunta no puede analizarse el recaudo sin la asignación. En la medida en que la población vea obras sociales ejecutadas va a cultivar una mayor cultura de pago pues observa que los recursos son administrados y ejecutados de forma eficiente. Una mayor y más eficiente inversión social trae consigo un mayor recaudo.

En el plano territorial hace unos años se generó por parte de la administración del Distrito Capital una cultura de pago de aportes voluntarios en donde el ciudadano decidía de manera autónoma el pago del mismo y el proyecto al cual se destinaría su aporte, mecanismo que logró al aporte de altos recursos para el Distrito; y esto era así puesto que el ciudadano veía obras sociales y de inversión realizadas, tenía confianza en la administración y en su gestión. Valdría la pena analizar si producto de los ya conocidos escándalos del Distrito dichos aportes han disminuido o si se han mantenido.

Así las cosas, puede señalarse que una mayor cultura del pago se genera en la medida en que el gobierno nacional y los gobiernos territoriales cumplan sus funciones de manera eficiente y transparente.

¿Qué debe hacer la DIAN para que poco a poco cambie su imagen frente a todos los colombianos?

Desafortunadamente la DIAN creó una imagen demasiado policiva que resulta intimidante para las empresas. Basta ver que cualquiera de ellas se siente amilanada cuando sabe de algún requerimiento o visita sorpresa; esa imagen del terror tiene que ir cambiando por una totalmente distinta; en donde las empresas se sientan menos amenazadas y más asesoradas, pues no todos los incumplimientos se dan por evasión, también se da por ejemplo por desorganización administrativa, en especial en lo que tiene que ver con flujos de información al interior de las empresas.

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La DIAN no debe limitarse a sancionar simplemente; debe propender por tener un acercamiento más técnico y de mayor colaboración, sin que esto implique que daba dejar de lado sus facultades sancionatorias.

Siempre se han presentando inconvenientes con los procesos tecnológicos de la entidad. ¿Qué hacer para revertir esa situación?

Los procesos tecnológicos son dinámicos, responden a las necesidades tanto de su administrador como de sus usuarios; cuando se identifica un inconveniente por parte de estos últimos se debe informar a la DIAN para que tome los correctivos necesarios a que haya lugar. Si bien es cierto que la plataforma de la DIAN tiene algunos inconvenientes, también en comparación con períodos anteriores ha tenido grandes avances que han permitido facilitar todos los procesos que se realizan ante dicha entidad. Hay que ver también que muchas de las veces en que se señala que existen problemas en la plataforma no es así; aún existen dificultades para los usuarios respecto al uso de la misma, lo cual se corrige con una mayor capacitación.

Otro inconveniente se da porque la plataforma se congestiona en las fechas de pago de los impuestos, pues todos los declarantes hacen uso del sistema simultáneamente. Creo yo, a riesgo de equivocarme, que la DIAN podría ampliar a dos días la fecha de pago para cada dígito del NIT; es probable que se descongestione la plataforma, no me parece absurdo pensar en esa posibilidad y podría funcionar. Al menos debiera pensarse y realizar una prueba de impacto.

¿Cuáles son las modalidades que más están utilizando los establecimientos comerciales al momento de evadir impuestos?

Dentro de las modalidades más comunes se encuentran las relacionadas con las facturas de venta, las facturas de compra y la doble contabilidad.

Respecto a la primera se observa en la práctica que no se factura, se entrega una factura proforma o existe una doble facturación, lo cual conlleva a la evasión total o parcial de los impuestos. En cuanto a la segunda se puede encontrar que las compras se sobrefacturen para aumentar el IVA descontable y disminuir la renta, o que simplemente se compre y se venda sin facturación para que las ventas pasen por inexistentes.

Una tercera es la doble contabilidad o la contabilidad creativa, pues dependiendo de la obligación fiscal real se pueden reconocer gastos o costos inexistentes que permitan disminuir el valor a pagar por concepto de impuestos.

Las anteriores son apenas algunas de las prácticas que la DIAN ya tiene identificadas plenamente; pero hay que recordar que este tipo de prácticas benefician de manera ilegal a quienes las practican, y generan efectos para quienes si cumplen sus obligaciones, como por ejemplo la posible elevación de los impuestos existentes o la creación de nuevos tributos conduciendo de esta manera a una mayor desigualdad en la distribución de la carga tributaria.

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