Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Contratistas del Estado también deberán publicar declaraciones de bienes y rentas


Actualizado: 13 febrero, 2020 (hace 4 años)

Se estima que cerca de 350 mil personas que contratan con el Estado, a través de la prestación de servicios, estarían cobijados con la medida que dicta la Ley 1013 de 2019.

No solo los altos funcionarios del Estado, sino también todas personas naturales y jurídicas, públicas o privadas que cumplan una función pública, que administren, celebren contratos y ejecuten bienes o recursos públicos, tendrán que divulgar sus declaraciones de bienes y rentas, al igual que los conflictos de interés que tengan en el momento de posesionarse en el cargo.

Así lo ordena la Ley 1013 del 2019 que busca garantizar el cumplimiento de los principios de transparencia y publicidad, mediante la publicación de las declaraciones de bienes, renta y el registro de los conflictos de interés y del impuesto sobre la renta y complementarios.

Sin embargo, tal como quedó redactada la Ley, en sus literales f y g, que extiende esa obligación a las personas naturales y jurídicas públicas o privadas que administren, celebren contratos y ejecuten bienes o recursos públicos, se estima que cerca de 350 mil contratistas del Estado estarían obligados a cumplir con la norma.

El artículo 2° de la mencionada Ley se refiere al ámbito de aplicación y sobre el particular dice: “La publicación y divulgación de la declaración de bienes y rentas, del registro de conflictos de interés y la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios, serán aplicables a las siguientes personas en calidad de sujetos obligados: ….f) Las personas naturales y jurídicas, públicas o privadas, que presten función pública, que presten servicios públicos respecto de la información directamente relacionada con la prestación del servicio público”.

Fuente: Senado de la República.

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