Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Definición de un contrato atípico


Actualizado: 26 enero, 2015 (hace 9 años)

Un contrato atípico es aquel para el cual no se ha desarrollado una normatividad especifica en la que se indique las características, esencia, forma, origen y ejecución del mismo, este tipo de contrato se rige fundamentalmente por las normas generales de los contratos, así como las normas que rigen para contratos parecidos, de una misma naturaleza esencial o de naturaleza similar.

Es decir que en un contrato atípico predomina la voluntad contractual, debido a que no se encuentra asiento en ninguna disposición legal específica.

Para ilustrar el tema de los contratos atípicos se pueden citar como ejemplos:

  1. Contratos de concesión comercial, no está regulado por la ley, por tal razón, no existen formalidades, rigiendo en principio la libertad contractual sobre la forma, efectos y extinción.
  2. Contratos de leasing, en Colombia no se encuentran regulados por las normas del Código de Comercio, el cual define los contratos comerciales.
  3. Contratos de franquicia, no existe una tipificación o regulación expresa de este tipo de contratos, pero basados en la Constitución Política de Colombia, que permite la libertad en actividades económicas e iniciativas privadas, siempre y cuando no contraríe normas imperativas de orden público y las buenas costumbres, es posible su celebración.
  4. Contrato know how, este contrato no se encuentra regulado en nuestro ordenamiento.
  5. Contrato de maquila, no existe regulación en el ordenamiento positivo, y participa por lo menos dos tipos de contratos: contrato de obra por existir en cabeza del maquilador y la del contrato de depósito por estar obligado el maquilador a guardar y conservar el producto.
  6. Contrato de outsoursing, no está regulado por la legislación comercial.
  7. Contrato de llave en mano, no se encuentra contenido en nuestra legislación.

El contrato atípico no tiene normatividad, y es ejecutado bajo características que han sido establecidas bajo la costumbre, la doctrina y la jurisprudencia de los principios que le son aplicables, además de las normas que aplican en general a los contratos, sumado a esto aplica especialmente el principio de la autonomía de la voluntad, la cual permite que las partes pacten sus acuerdos en el marco de lo legal.

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