Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Contrato de aprendizaje


Contrato de aprendizaje
Actualizado: 18 agosto, 2020 (hace 4 años)

Además de ser un requisito para determinadas empresas y personas naturales, el contrato de aprendizaje, regulado por el artículo 30 de la Ley 789 de 2002, trae consigo una serie de beneficios y ventajas. ¡Conócelas accediendo a este Especial Actualícese!

El contrato de aprendizaje, como bien lo indica su nombre, consiste en la vinculación de un aprendiz a una empresa, con el fin de que en ella se forme en el desarrollo de las operaciones propias de la empresa patrocinadora, obteniendo como contraprestación un apoyo de sostenimiento.

Dicho esto, seguramente te preguntarás, si ya tienes una empresa en marcha y cuentas con personal capacitado y con la experiencia suficiente para desempeñar las tareas propias de tu actividad económica, ¿por qué debes vincular aprendices a tu entidad?

Primero, es muy importante que sepas que las empresas privadas dirigidas por personas naturales o jurídicas, que realicen cualquier actividad económica y tengan vinculados a 15 o más trabajadores, de acuerdo con el artículo 32 de la Ley 789 de 2002, están obligadas a contratar aprendices, en una cuota determinada por el Servicio Nacional de Aprendizaje –Sena–, establecida de conformidad con el artículo 33 de la citada ley.

Sin embargo, esta obligación tiene una serie de beneficios y ventajas para la empresa que patrocine la formación del aprendiz.

¿Quieres saber cuáles son? En este Especial Actualícese, Contrato de aprendizaje, te las explicamos.

Ahora bien, hay numerosas particularidades que debes tener en cuenta a la hora de contratar aprendices, tales como qué jornada deberás asignarles, cuál debe ser la duración del acuerdo, cuál debe ser la edad mínima del aprendiz, cómo finalizar el contrato, cómo liquidar los aportes a seguridad social y pagarles sus acreencias laborales, cuándo los aprendices se encuentran en estabilidad laboral reforzada, entre otros aspectos que, sin duda, debes tener en cuenta. En Actualícese te explicamos estos elementos en detalle.

¿Quieres saber qué tiene Actualícese para ti en esta nueva entrega? A continuación te contamos:

TABLA DE CONTENIDO

GENERALIDADES

  • Prácticas que no constituyen contrato de aprendizaje
    • Contrato de aprendizaje y pasantía
  • Beneficios de la contratación de aprendices
  • Obligados a contratar aprendices
    • Empleadores personas naturales
    • Multas por no contratar aprendices o no pagar la cuota de monetización
    • Monetización de la cuota de aprendices
    • Contratación voluntaria
  • Instituciones educativas que pueden realizar convenios para contratar aprendices
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PARTICULARIDADES DEL CONTRATO

  • Contrato de aprendizaje
    • Características
    • Contenido mínimo
    • Duración
    • Prórrogas
    • Edad mínima del aprendiz
    • Etapas del contrato
    • Suspensión
    • Finalización del contrato
    • Incumplimiento por parte de empresas patrocinadoras de la relación de aprendizaje

JORNADA LABORAL

    • Duración
    • Jornada nocturna
    • Horas extra

REMUNERACIÓN

    • Apoyo de sostenimiento
    • Importancia de la tasa de desempleo

APORTES A SEGURIDAD SOCIAL

    • Salud
    • Riesgos laborales
    • Pago de incapacidades
    • Caso de análisis: responsabilidad de la empresa patrocinadora ante accidentes laborales

PAGO DE ACREENCIAS LABORALES

    • Acreencias para trabajadores y aprendices

ESTABILIDAD LABORAL REFORZADA PARA APRENDICES

    • Configuración de la estabilidad laboral reforzada en el contrato de aprendizaje
    • Consideraciones de la Corte

CASOS PARTICULARES FRENTE A LA CONTRATACIÓN DE APRENDICES

    • Pérdida de la pensión de sobrevivientes por firma de contrato de aprendizaje
    • Licencia de maternidad
    • Pautas frente al otorgamiento de la licencia de maternidad a una aprendiz
    • Descansos por procesos electorales
    • Acoso laboral
    • ¿Aplica el acoso laboral para los aprendices?

PRÁCTICAS LABORALES JUVENILES

    • Edad mínima y horarios
    • Elementos propios de las prácticas laborales juveniles

 


 

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