Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Contrato de Transacción


Actualizado: 2 febrero, 2015 (hace 9 años)

El contrato de transacción, es un acuerdo a través del cual las partes que participan de un proceso judicial con la finalidad de reclamar el cumplimiento de algunos derechos, renuncian a este proceso y pactan un convenio; también se considera contrato transaccional en los casos en los que no se ha dado inicio al proceso de litigio pero al realizarse la transacción se evite la ejecución de dicho proceso, en el contrato de transacción solo intervienen la parte afectada y el acreedor, un elemento a tener en cuenta es que la simple renuncia de un derecho no constituye un contrato de transacción.

Características generales

Consensual
Debido a que dicho contrato se genera únicamente con el consentimiento de las partes, quienes deben llegar a un acuerdo y ceder cada uno en sus pretensiones.

Bilateral
Las obligaciones que se generan en un contrato de transacción son para las dos partes mutuamente, esto es, se encuentran obligados a cumplir lo pactado en el acuerdo, obligaciones reciprocas, por el cual se generó el contrato de transacción.

Oneroso
Bajo la presunción de que del contrato se generarán beneficios para ambas partes, debido a que las partes deben concebir concesiones que a su vez generarán utilidades, puesto que implican el sacrificio de alguna pretensión.

Conmutativo
En cuanto a esta característica es importante señalar, que no se trata de que en el contrato de transacción se den equivalencias entre las obligaciones o prestaciones de las partes, sino que la equivalencia se determina en que las dos partes están obligadas a ceder en términos de la generación del acuerdo.

Típico
 El contrato de transacción se encuentra regulado en el Código Civil, a partir del artículo 2469 al 2487. 

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