Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Control de calidad de la auditoría de estados financieros – NIA 220 (Parte 1) – Carlos Sastoque M.


Esta NIA se compone de varias partes: alcance; sistema de control de calidad y función de los equipos del encargo; objetivo; definiciones; y requerimientos. A continuación abordamos los principales elementos de cada una de estas.

Alcance

Definir las responsabilidades específicas del auditor y su equipo de trabajo, en cuanto tiene que ver con el control de calidad de una auditoría de estados financieros y en la revisión de dicho control.

Sistema de control de calidad y función de los equipos del encargo

La firma de auditores debe responder por los sistemas, políticas y procedimientos de control de calidad de su trabajo, para tener certeza de que se cumplen las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios en la realización de su auditoría y que los informes que emita esta firma o el socio encargado sean “adecuados en función de las circunstancias”.

Quienes hagan parte del equipo de trabajo de auditoría deberán implementar los procedimientos de control de calidad aplicables a su labor y tendrán que darle a la firma los datos necesarios para permitir el control de calidad relacionado con la independencia. Los integrantes de este equipo de trabajo podrán confiar en la eficiencia del sistema de control de calidad de la firma, a menos que “la información proporcionada por la firma de auditoría o terceros indique lo contrario”.

Objetivo

El objetivo de la NIA 220 es implementar procedimientos de control de calidad que den seguridad razonable de que se cumplen las normas profesionales y los requerimientos legales y reglamentarios aplicables y que el informe emitido es adecuado según las circunstancias.

Definiciones

Las siguientes definiciones deben tenerse en cuenta al interpretar y aplicar esta NIA:

a) Socio del encargo: quien, en representación de la firma, responde por el encargo de auditoría y por el informe que debe emitirse.
b) Revisión del control de calidad del encargo: evaluación objetiva de los juicios significativos de quienes trabajan en el encargo y de las conclusiones a las que lleguen para poder emitir el informe. Solamente es aplicable a las auditorías de estados financieros que la firma considere deben someterse a control de calidad.
c) Revisor de calidad del encargo: quien responde por la revisión mencionada en el punto b. Puede ser un socio u otra persona de la firma, alguien externo o un equipo mixto, con experiencia y autoridad suficientes para poder hacer esta evaluación.
d) Equipo del encargo: los socios y empleados de la firma y/o personal externo contratado por esta, quienes deben aplicar los procedimientos de auditoría para cumplir con el encargo aceptado.
e) Firma de auditoría: profesional individual en ejercicio, una sociedad o cualquier otra entidad de profesionales contables.
f) Inspección: forma de proporcionar evidencia de que se cumplen las políticas y los procedimientos de control de calidad de la firma de auditores.
g) Entidad cotizada: aquella cuyas acciones, participaciones de capital o deuda “cotizan o están admitidas a cotización en un mercado de valores reconocido, o se negocian al amparo de la regulación de un mercado de valores reconocido o de otra organización equivalente” (bolsas de valores y similares).
h) Seguimiento: evaluación continua del sistema de control de calidad de la firma de auditoría.
i) Firma de la red: “firma de auditoría o entidad que pertenece a una red”.
j)Red: conjunto de firmas y/o entidades que cooperan entre sí y comparten beneficios, costos, propiedad, control o gestión comunes, políticas y procedimientos de control de calidad, estrategia de negocios, uso de nombre comercial y/o una parte significativa de recursos profesionales.
k) Socio: persona con autoridad para comprometer a la firma de auditoría en la prestación de sus servicios profesionales.
l) Personal: socios y empleados.
m) Normas profesionales: NIA y requerimientos de ética aplicables.
n) Requerimientos de ética aplicables: normas de ética que deben cumplir el equipo de auditoría y el revisor de control de calidad, relativas a la auditoría de estados financieros, junto con las normas nacionales que sean más restrictivas.
o) Empleados: profesionales, distintos de los socios, incluidos los expertos que la firma emplee para hacer la auditoría.
p) Persona externa debidamente cualificada: alguien ajeno a la firma de auditoría “con la capacidad y la competencia necesarias para actuar como socio del encargo”.

Carlos Sastoque M.

Contador Público; coautor de los libros ‘Iniciación a las NIIF’ y ‘Valor Agregado de la Revisoría Fiscal’.

De igual manera, ha ocupado los siguientes cargos: Asesor del Consejo Técnico de la Contaduría y de la Junta Central de Contadores, miembro de la Junta Central de Contadores, Director Ejecutivo del Colegio de Contadores Públicos de Colombia, Vicepresidente Técnico de la Confederación Iberoamericana de Contadores Públicos; Director Ejecutivo y Secretario General de la Confederación de Asociaciones de Contadores Públicos de Colombia, CONFECOP.

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