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El control Dian al impuesto al consumo de vehículos importados se intensificará para verificar la correcta determinación del tributo, la base gravable, tarifas y exclusiones aplicables en importaciones y comercialización.
Con el objetivo de contrarrestar riesgos de evasión e inexactitud y garantizar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, la Dian intensificará las acciones de control sobre el impuesto al consumo en la importación de vehículos clasificados en la subpartida arancelaria 87.03, según los artículos 512–1, 512–3, 512–4 y 512–5 del ET.
Estas acciones estarán orientadas a verificar la adecuada determinación del impuesto, la correcta conformación de la base gravable y la debida aplicación de las tarifas y exclusiones previstas en la normativa vigente.
La medida se adelanta a partir de los análisis realizados por la entidad mediante el uso articulado de fuentes de información y herramientas analíticas, los cuales han permitido identificar contribuyentes con posibles inconsistencias relacionadas con la liquidación y pago del impuesto al consumo en operaciones de importación o comercialización de vehículos.
En este contexto, la Dian ya adelanta las respectivas acciones de verificación y fiscalización para establecer el cumplimiento de las obligaciones tributarias en ciudades como Bogotá, Medellín, Barranquilla, Cali, Armenia, Santa Marta y Cartagena, entre otras.
La entidad continuará desarrollando actuaciones de control, con el fin de proteger los recursos públicos, fortalecer la transparencia en las operaciones de comercio exterior, y garantizar condiciones de legalidad, equidad en la importación de vehículos y el correcto pago de los impuestos.
Fuente: Dian.
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