Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Control social ejercido por organismos del Estado


Control social ejercido por organismos del Estado
Actualizado: 1 diciembre, 2017 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Control judicial y de legalidad
  • Control político
  • Control administrativo
  • Control fiscal
  • Control disciplinario

El control social público se genera con el fin de regular las relaciones, actividades e interacciones entre las personas que conforman un país; en Colombia, el Estado ejerce dicho control a través de diferentes organismos que actúan en conjunto con la esperanza de garantizar el buen desarrollo del país.

El control como instrumento de regulación de los ciudadanos se manifiesta a través del control social, el cual puede ejercerse tanto desde la posición del individuo como desde la posición del Estado: este último, como administrador de los intereses de la comunidad y con miras a preservar la democracia, ha constituido diferentes organizaciones, con diferentes objetivos entre sí, para ejecutar el control social público. En este editorial mencionaremos algunos enfoques del control social público y sus características.

Control judicial y de legalidad

Se entiende como control jurídico o de legalidad a los mecanismos o instrumentos que el Estado crea a través de la expedición de normas que cubren y guían las vidas, relaciones, intercambios y comportamientos de los colombianos. En sintonía con esto, el Gobierno ha creado organismos que velan porque los lineamientos de la constitución política sean respetados y otros que se encargan de la expedición de normas como el caso de la Corte Constitucional.

Control político

Con el fin de cumplir con los criterios definidos por la democracia, el Estado permite que sean elegidos a través del voto representantes del pueblo, quienes garantizan que las decisiones que tomen los órganos legisladores estén acorde a las necesidades de la ciudadanía (aunque suene utópico). Estos representantes se encargan de determinar a través de debates y propuestas, cuáles serán las iniciativas (posibles normas, presupuesto, estrategias o metas)  para que sean preparadas y ejecutadas.

Control administrativo

El control administrativo está constituido por actividades realizadas por los miembros de la rama ejecutiva, quienes se aseguran de que se haga un buen uso de los recursos públicos, se encargan de la ejecución del presupuesto de la nación y, a su vez, de destinar recursos para gasto o inversión pública; también realizan un control de las actividades y funciones de los organismos y entidades que integran la estructura estatal.

Control fiscal

Debido a que por la relación que existe entre el mandatario y los funcionarios del Estado se pueden presentar actos de corrupción, se establece un agente externo que fiscalice a la administración pública y garantice que en realidad se está ejerciendo un control administrativo sobre los recursos del Estado. El control fiscal verifica la gestión de los funcionarios en cuanto al desarrollo del presupuesto y el uso de los recursos. En Colombia esta función la ejerce la Contraloría General de la República.

Control disciplinario

Por otra parte, el control disciplinario también ejerce un control público a los funcionarios del Estado, pero no evalúa la gestión que realizan a los recursos sino la gestión de la operación de sus funciones, dado que a través de actos que no impliquen directamente la administración de recursos también se puede generar un detrimento del patrimonio del Estado o la violación a normas impuestas por este. En Colombia esta figura la representa la Procuraduría General de la Nación.

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