Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Convergencia a Estándares Internacionales para EPS, IPS y Cajas de Compensación Familiar del Grupo 2


Convergencia a Estándares Internacionales para EPS, IPS y Cajas de Compensación Familiar del Grupo 2
Actualizado: 4 mayo, 2016 (hace 8 años)

Las entidades del sector salud y las cajas de compensación del Grupo 2 aplicarán su marco normativo a partir del 2017; así lo establece el artículo 2 del Decreto 2496 de diciembre 23 del 2015 a través del cual se agregó un nuevo Capítulo 4, al Título 4, de la Parte 1, del Decreto Único 2420 de diciembre 14 del 2015 sobre Estándares Internacionales de Información Financiera y NAI.

Las entidades del Grupo 2 de la convergencia a Estándares Internacionales de Información Financiera, y que al mismo tiempo componen el sistema general de seguridad social en salud (es decir, las EPS e IPS, ya sean públicas o privadas), no aplicarán en el 2016 su nuevo marco normativo, como lo había previsto el Decreto 3022 del 2013, sino que lo harán a partir del 2017. La misma situación sucederá con las cajas de compensación familiar que pertenezcan al mismo Grupo 2.

Dicha modificación fue establecida por el artículo 2 del Decreto 2496 de diciembre 23 del 2015, con la cual se agregó un nuevo Capítulo 4, al Título 4, de la Parte 1, del Decreto Único 2420 de diciembre 14 del 2015 sobre Estándares Internacionales de Información Financiera y NAI.

“el 2016 será un año de transición hacia el nuevo marco normativo, por lo que en enero 1 del 2016 debieron elaborar el ESFA”

En el capítulo se dispone que solo para las entidades antes mencionadas, el 2016 será un año de transición hacia el nuevo marco normativo, por lo que en enero 1 del 2016 debieron elaborar el ESFA y el 2017 será el primer año en que aplicarán oficialmente el nuevo marco normativo.

Nuevo marco normativo que aplicarán en 2017 será el definido en el anexo 2.1

Hay que destacar que el artículo 9 del Decreto 2496 de diciembre del 2015 le agregó al Decreto 2420 del 2015 el nuevo anexo 2.1, el cual contiene el nuevo marco normativo que aplicarán a partir del 2017 todas las empresas del Grupo 2 (Estándares Internacionales de Información Financiera para Pymes).

La razón para expedir dicho anexo radica en que en el mismo se incorporaron todas las 56 enmiendas que la IASB dio a conocer en mayo del 2015. Entre las secciones del Estándar Internacional para Pymes que fueron modificadas por la IASB figuran la Sección 2 (Conceptos y principios generales) y la Sección 17 (Propiedades, planta y equipo). A raíz de tales modificaciones, las pymes podrán empezar a aplicar la revaluación a sus propiedades, planta y equipo.

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