Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Copasst: conformación sin proceso de votación


Actualizado: 19 junio, 2017 (hace 7 años)

¿Es legal que la empresa tome la decisión de designar los integrantes del COPASST, sin realizar el proceso de votación?

La abogada Natalia Jaimes Lúquez, especialista en derecho laboral, señala que para dar respuesta al interrogante se deben estudiar los decretos 1443 de 2014, 1075 de 2015 y parte de la Ley 1562 de 2012.

Es importante mencionar que la conformación del Copasst debe contar con representantes del empleador y de los empleados. Su finalidad está orientada a promover actividades de prevención y control de factores de riesgo que pueden afectar la salud del equipo de trabajo.

Finalmente, se informa que la selección de las personas que van a representar a los empleados debe realizarse bajo un proceso de votación.

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