Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corrección de valorización de activos por persona natural del Grupo 3


Actualizado: 26 abril, 2017 (hace 7 años)

Una persona natural que pertenece al Grupo 3 obligada a llevar contabilidad, la cual presenta errores en la valoración de activos ¿cómo debe realizar el proceso de corrección?

El Dr. Juan David Maya indica que cuando se presentan errores en la presentación de los estados financieros en las empresas de los grupos 1 y 2 la norma exige que realicen una reexpresión retroactiva para la corrección de errores de los estados financieros, pero las empresas del grupo 3, es decir, las microempresas, lo que deben hacer cuando se presenta tal situación es aplicar el Decreto 2706 de 2012, que ahora es el Decreto 2420 de 2015. Estas normas establecen que, al momento de encontrar errores en sus estados financieros, las entidades del grupo 1 los deben corregir y llevar contra resultados en el mismo año de su detección.

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