Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corrupción y empresas privadas: unión clave para conseguir «buenos negocios»


Corrupción y empresas privadas: unión clave para conseguir «buenos negocios»
Actualizado: 29 septiembre, 2016 (hace 8 años)

La corrupción es el segundo obstáculo para hacer negocios en Colombia, según el Índice Global de Competitividad. En Colombia solo el 19% de las empresas cuenta con un programa para prevenir el soborno. Hasta el 31 de marzo del 2017 tienen plazo las sociedades obligadas a adoptar Programas de Ética Empresarial.

El fenómeno de la corrupción en Colombia presenta indicadores preocupantes en relación con el comportamiento ético de las empresas privadas. La IV encuesta nacional sobre prácticas contra el soborno en empresas colombianas reveló que el 91% de los empresarios considera que se ofrecen sobornos en el entorno de los negocios.

Por otra parte,  diferentes escándalos de corrupción que involucran al sector privado han sido noticia en medios de comunicación. Por ejemplo, Interbolsa, los carteles de los pañales, contratos de alimentación de niños, entre otros.

“algunos ejecutivos admiten que un comportamiento falto de ética, como un soborno, vale la pena a la hora de conseguir un “buen negocio””

En medio del ambiente empresarial colombiano, algunos ejecutivos admiten que un comportamiento falto de ética, como un soborno, vale la pena a la hora de conseguir un “buen negocio”.

La encuesta global sobre fraude 2016 de Ernst & Young –EY- ubica a Colombia en el séptimo lugar entre los países con mayor tendencia a estas prácticas ilegales, teniendo en cuenta que el 80% de los empresarios considera que el soborno y la corrupción son prácticas habituales para hacer negocios. La peor situación se da en Brasil, donde el 90% de los gerentes ve a la corrupción como parte inseparable del sector.

En el estudio fueron encuestados más de 3.000 ejecutivos de 62 países y en Colombia se consultó a 50 empresarios de diferentes sectores de la industria, que destacan como una necesidad saber con quién realizan sus negocios.

Para Liudmila Riaño, socia de EY y líder del área de investigaciones de fraude y servicios de disputa en Colombia, los resultados de la encuesta revelan que, pese a los esfuerzos, la percepción de corrupción y fraude no baja, de tal manera que el porcentaje de este año (80%) es mayor al registrado en la encuesta del 2014.

“En Colombia, los resultados de la encuesta reflejan que el 30% de los ejecutivos consultados estaría dispuesto a cometer actos no éticos para justificar un negocio, como falsificar los resultados financieros o hacer pagos indebidos», dice.

Riaño añade que “este resultado en Colombia está por encima del resto de los países de Suramérica, lo cual refleja la necesidad de implementar programas proactivos y efectivos de ética en los negocios y cumplimiento corporativo que sean promovidos y adoptados desde la alta gerencia”.

“el 42% dice que justificaría un comportamiento poco ético si lo lleva a cumplir objetivos financieros”

Según el 48% de los encuestados, en Colombia los culpables de corrupción no son castigados Según el 48% de los encuestados, en Colombia los culpables de corrupción no son castigados. Por otra parte, el 42% dice que justificaría un comportamiento poco ético si lo lleva a cumplir objetivos financieros. Además, el 16% de quienes están en equipos de rango inferior al máximo responsable de las finanzas en la compañía, reconoce que serían capaces de pagar algú para conseguir o mantener un determinado negocio. De acuerdo con la encuesta,  un 36% de los directores financieros considerarían llevar a cabo prácticas ilegales; el 3% de ellos se inclinaría por falsificar los resultados financieros, el 9% estaría dispuesto a modificar la fecha de un contrato firmado y otro 13% haría pagos en efectivo con el fin de ganar o retener un negocio. Hacer regalos para alcanzar un logro empresarial también está en la lista de las prácticas.

Otra conclusión de la encuesta es que los altos mandos del departamento financiero de las compañías no son conscientes de los riesgos que la delincuencia cibernética representa para la organización. Según la consulta de EY, solo un 47% de los ejecutivos que participan en la encuesta global considera que el cibercrimen es una amenaza.

Uno de los más grandes retos que enfrenta el país en torno al posconflicto es combatir la corrupción. La construcción de una paz estable y duradera implica compromisos tanto desde lo público como desde lo privado. En este nuevo contexto, es fundamental contar con empresas que sean conscientes de la importancia de ejercer su razón de ser en el mercado de manera estratégicamente ética.

Por lo anterior, ayer en la ciudad de Bogotá, Transparencia por Colombia presentó Ética Empresarial: El Mejor Negocio, un evento en el cual se resaltaron experiencias de diferentes empresas que han adoptado y puesto en marcha el Programa Rumbo Empresas -Integras y Transparentes-. Durante el espacio se llevó a cabo el conversatorio ‘La Ética en el Mundo Empresarial y su Aporte a la Construcción de Paz’, en el que participaron de Fernando Jaramillo, vicepresidente de Asuntos Corporativos de Bavaria SabMiller, María Jimena Durán Sanín, directora de Relaciones Institucionales de la Fundación Telefónica Colombia y Camilo Montes, gerente de la seccional Cundinamarca y Boyacá de la ANDI.

Implementación de programas de ética empresarial

La Circular 100-0000003 de julio del 2016 es un documento de 21 páginas en el que Supersociedades sugiere que los programas de ética empresarial implementados por las sociedades se tendrían que basar en la aplicación de 8 principios fundamentales:

  1. El compromiso de los altos directivos en la prevención del soborno transnacional: según Supersociedades, los altos directivos deben ser los encargados de precisar las “políticas de cumplimiento”, con las que la sociedad que encabezan podrá llevar a cabo sus negocios de manera ética, transparente y honesta y al mismo tiempo identificar, prevenir y atenuar los riesgos relacionados con el soborno transnacional y otras prácticas corruptas. Para lograr ese propósito, los altos directivos tendrán que poner en marcha las políticas de cumplimiento y adelantar acciones para divulgarlas.
  2. La evaluación de los riesgos relacionados con el soborno transnacional: las empresas deben adoptar procedimientos de evaluación proporcionales al tamaño, estructura, naturaleza, países de operación y actividades específicas de cada persona jurídica. Para cada uno de estos elementos, la mencionada circular emitida por Supersociedades contiene sugerencias prácticas que ayudan a medir, por ejemplo, en qué instancias las operaciones que se llevan a cabo en ciertos países, considerados como “paraísos fiscales” por el Gobierno colombiano, podrían exponer a la sociedad a participar en casos de soborno transnacional.
  3. La elaboración de un “manual de cumplimiento” en el cual quede incorporado de forma escrita el programa de ética empresarial: es preciso compilar en dicho manual –de manera integral– todas las normas internas en materia de prevención del soborno transnacional, así como los principios y valores éticos que cada persona jurídica considere apropiados para llevar a cabo sus negocios de manera transparente y honesta. En dicho manual tendrían que regularse aspectos importantes para las operaciones internacionales de la sociedad, como: la entrega de regalos a terceros, la política de la sociedad en materia de remuneraciones y pago de comisiones a empleados y contratistas respecto a negocios o transacciones internacionales, los gastos de la sociedad relacionados con actividades de viaje, entretenimiento, alimentación y hospedaje; las contribuciones políticas de cualquier naturaleza, las donaciones y los procedimientos de archivo y conservación de documentos que estén relacionados con negocios o transacciones internacionales en los que se encuentre involucrada la persona jurídica.
  4. La designación de un Oficial de Cumplimiento: implica que los altos directivos designen con este cargo a una persona natural, que debería presentarles, al menos cada tres meses, un informe de su gestión, para que lidere y administre el sistema de gestión de riesgos de soborno transnacional. Dicha persona podrá, si así lo deciden los órganos competentes de la sociedad, asumir funciones en relación con otros sistemas de gestión de riesgo, como los relacionados con el lavado de activos, el financiamiento del terrorismo, la protección de datos personales y la prevención de infracciones al régimen de competencia. Además, es importante que el oficial de cumplimiento cuente con la autonomía y los recursos humanos, tecnológicos y económicos requeridos para poner en marcha el respectivo programa de ética empresarial.
  5. La aplicación de procedimientos de debida diligencia: este principio hace referencia a la revisión periódica que ha de realizarse sobre los aspectos legales, contables y financieros relacionados con un negocio o transacción internacional, cuyo propósito es identificar y evaluar los riesgos de soborno transnacional que pueden afectar a la sociedad, sus sociedades subordinadas y a los contratistas. Respecto de estos últimos, se sugiere además adelantar una verificación de su buen crédito y reputación.
  6. Llevar a cabo un control y supervisión de las políticas de cumplimiento y del programa de ética empresarial: las sociedades deben evaluar y poner en práctica las técnicas que consideren más apropiadas para supervisar y evaluar de manera periódica la efectividad de sus procedimientos encaminados a prevenir el soborno transnacional y otras prácticas corruptas, así como para actualizar sus políticas de cumplimiento cuando sea necesario. Entre las técnicas que se pueden emplear para dichos propósitos, figura, por ejemplo, la realización periódica de auditorías de cumplimiento y procedimientos de debida diligencia conforme lo disponga el oficial de cumplimiento. También es útil la realización de encuestas a los empleados y contratistas con el fin de verificar la efectividad del programa de ética empresarial.
  7. Llevar a cabo la divulgación de las políticas de cumplimiento y del programa de ética empresarial: para lograr este objetivo la sociedad tendría que realizar campañas de comunicación y capacitación dirigidas a sus empleados y a los trabajadores de sus contratistas. En dichas capacitaciones es preciso informar acerca de las sanciones para quienes infrinjan el programa de ética empresarial o cualquier norma relacionada con el soborno transnacional.
  8. Contar con canales de comunicación para reportar de manera confidencial las infracciones al programa de ética empresarial: la sociedad tendría que habilitar mecanismos de fácil acceso para que los empleados, asociados, contratistas, funcionarios de los anteriores y cualquier persona puedan manifestar sus inquietudes respecto a infracciones relacionadas con el soborno transnacional o cualquier otra práctica corrupta. Para lo anterior la sociedad debe disponer líneas telefónicas que reciban denuncias anónimas y adoptar medidas para garantizar que ninguno de los denunciantes será objeto de represalias por haber reportado infracciones a la ley o a las políticas de cumplimiento.

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