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ACTUALIDAD  - 3 marzo, 2026

Corte Constitucional suspende decreto que fijaba sobretasa a generadores de energía



Actualizado: 9 febrero, 2026 (hace 4 semanas)

La Corte Constitucional suspendió decreto del sector energético expedido durante la emergencia económica por posibles efectos en el servicio domiciliario.

La Corte Constitucional dejó sin efecto el Decreto Legislativo 0044 del 21 de enero de 2026, por medio del cual se introdujeron nuevos tributos a la generación de energía eléctrica en Colombia.

Estos tenían afectaciones a la estabilidad financiera del sector y a la credibilidad del marco institucional. «Primero. Como consecuencia de lo decidido en Auto 082 del 29 de enero de 2026, no producirá, a partir de la fecha, el Decreto Legislativo 0044 del 21 de enero de 2026, por el cual se adoptan medidas para propender por la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica en el marco del estado de emergencia económica y social”, indicó la corte.

Además, la decisión quedará en firme hasta que la Sala Plena de esta Corte indique una decisión definitiva respecto de la constitucionalidad del mencionado decreto.

La normativa creaba una contribución parafiscal para el fortalecimiento del Fondo Empresarial de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, para financiar actuaciones necesarias para garantizar la continuidad, calidad, cobertura y sostenibilidad de la prestación del servicio público domiciliario de energía eléctrica.

La contribución que proponía el decreto ley era del 2,5 % sobre la base gravable. Esta fue causada el 2 de febrero de 2026 y el pago se realizará en dos momentos del año.

Un primer pago se debió hacer el 2 de febrero de 2026 por un valor equivalente 1,25 %, liquidado inicialmente con base en la información certificada de los Estados Financieros de la vigencia 2024, preparados y presentados según las disposiciones Código de Comercio, reportados por el sujeto pasivo a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios a través del Sistema Único de Información.

Y el segundo pago estaba definido para el 15 de mayo de 2026 y correspondiente 1,25% restante con la presentación de los estados financieros consolidados y debidamente aprobados de la vigencia fiscal 2025 por parte del sujeto pasivo ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

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