Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corte declara inexequible la totalidad de la Ley de Insolvencia de personas naturales no comerciantes


Corte declara inexequible la totalidad de la Ley de Insolvencia de personas naturales no comerciantes
Actualizado: 21 septiembre, 2011 (hace 13 años)

En  su decisión de septiembre 19 de 2011 la Corte declaró inexequible la Ley 1380 de enero 25 de 2010 por vicios en su trámite de aprobación en diciembre de 2009.  Lo irónico es que hace solo dos semanas, con el Decreto 3274 de septiembre 7 de 2011, se había hecho la reglamentación para que la Ley se pudiera empezar a llevar a la práctica.

Tal como lo habíamos comentado desde abril de 2011, la Ley 1380 de enero 25 de 2010 (conocida como la Ley de Insolvencia para personas naturales no comerciantes) iba a terminar siendo hundida en la Corte Constitucional por vicios de trámite en su aprobación y así terminó sucediendo esta semana cuando la Corte declaró inexequible dicha ley junto con las Leyes 1373, 1375, 1377 y 1378 todas también sancionadas en enero de 2010 (Nota: la demanda contra tales leyes fue presentada por la señora Silvia Isabel Reyes Cepeda en febrero de 2011 según expediente D-8383)

De acuerdo con lo que han revelado hasta ahora las noticias, el fallo de inexequibilidad se produjo por razón de que en diciembre 16 de 2009, cuando se estaban discutiendo todas esas leyes, el Gobierno de ese momento (Ministro de Justicia, Dr. Fabio Valencia Cossio) expidió su Decreto 4906 convocando al Congreso a sesiones extraordinarias durante los días 17 y 18 del mismo mes (pues las sesiones ordinarias terminaban el 16) pero no cumplió con publicar primero dicho decreto en el Diario Oficial. La omisión de este requisito hace que las sesiones del 17 y 18 donde se aprobaron las leyes no sean consideras públicas, como lo demanda la Constitución y por lo tanto, no son válidas.

Lo irónico es que hace solo dos semanas, con el Decreto 3274 de septiembre 7 de 2011 (expedido por el nuevo Ministro de Justicia, Dr. Juan Carlos Esguerra Portocarreño), se había hecho la reglamentación para que la Ley 1380 por fin pudiera ser llevada a la práctica por las personas naturales no comerciantes. Como quien dice, pasó más de año y medio sin que la ley pudiera aplicarse por falta de reglamentación y cuando sale la esperada reglamentación justo se termina cayendo la ley.

¿Qué pasará ahora?

Los congresistas que impulsaron la Ley 1380 de 2010,  Simón Gaviria y  Roy Barreras, ya anunciaron que esta misma semana se presentaría en el congreso un nuevo proyecto de Ley retomando el mismo texto que estuvo contenido en dicha ley. Pero su trámite y aprobación tardarán cerca de un año.

Mientas tanto las personas naturales no comerciantes que incurran en problemas financieros para pagar sus deudas van a tener que seguir enfrentando los procesos judiciales ordinarios de embargos sobre sus bienes y demás medidas que establecen los jueces en esos casos, pues no tienen la herramienta legal para establecer acuerdos de facilidad de pago con el conjunto de sus acreedores tal como lo permitía la Ley 1380.

Ese mecanismo de hacer tales acuerdos sí continúa vigente, pero solo para las personas naturales y jurídicas que sí son comerciantes pues así lo establece la Ley 1116 de diciembre de 2006 la cual entró en vigencia en junio de 2007.

Asimismo, los Contadores ya no tendrán los clientes que se esperaba iban a tener cuando las personas naturales no comerciantes tuvieran que acudir a sus servicios para que tales profesionales les elaboran los documentos especiales y la contabilidad especial que se indicaba en el Decreto 3274 de 2011.

Las otras Leyes que se cayeron

Las otras cuatro Leyes (todas sancionadas por el ex presidente Álvaro Uribe) que junto a la Ley 1380 de 2010 también terminaron  siendo declaradas inexequibles por el mismo vicio de trámite fueron:

a) Ley 1373 de enero 8 de  2010, “por la cual se garantiza la vacunación gratuita y obligatoria a toda la población colombiana, objeto de la misma y se actualiza el Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI)”.
b) Ley 1375 de enero 8 de 2010, “por la cual se establecen las tasas por la prestación de servicios a través del Sistema Nacional de Identificación y de Información del Ganado Bovino, SINIGAN”.
c) Ley 1377 de enero 8 de 2010, “por medio de la cual reglamenta la actividad de reforestación comercial”;
d) Ley 1378 de enero 8 de 2010, “por la cual se regula la cesión del IVA de licores a cargo de las licoreras departamentales en lo correspondiente al descuento del impuesto para los productores oficiales”. Esta ley tuvimos oportunidad de comentarla en uno de nuestros anteriores editoriales.

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