Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corte declararía como constitucional impuesto solidario


Actualizado: 23 julio, 2020 (hace 4 años)

Decreto que se creó por el COVID-19 se extendería también a los honorarios que reciben miembros de juntas directivas de entidades públicas.

La Sala Plena de la Corte Constitucional con ponencia del Magistrado Carlos Bernal, daría vía libre para que se declare exequible el decreto que, por el COVID-19, redujo significativamente el salario de los funcionarios públicos.

Y se extendería a los honorarios que reciben miembros de juntas directivas de entidades públicas.

La norma establece que funcionarios que ganen entre $10 millones y $12,5 millones se les descuenta 15 % de su salario, funcionarios con salarios entre $12,5 millones y $15 millones tendrán que aportar el 16 %, salarios que se encuentren en el rango entre $15 millones y $20 millones se les aplicará una tarifa del 17 % y los superiores a los $20 millones, una del 20 %.

Es más grave la situación para los contratistas porque a ellos se les descuenta, salud, pensión y retención y por eso alguien que tenga un contrato de 10 millones de pesos puede estar recibiendo en promedio 4 millones de pesos.

El decreto señala que los pensionados con mesadas de $10 millones o más también son sujetos pasivos del Impuesto Solidario por el COVID-19.

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