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La Corte Constitucional recordó la prohibición de despido por embarazo y precisó que la desvinculación durante el período de lactancia no puede fundarse en motivos discriminatorios.
A través de la Sentencia T-014 de 2026, el organismo enfatiza que tanto entidades públicas como privadas deben garantizar la protección reforzada de los derechos a la igualdad, al trabajo y a la estabilidad laboral de las mujeres en embarazo y lactantes.
El pronunciamiento se dio tras estudiar tres acciones de tutela presentadas por trabajadoras que fueron desvinculadas mientras estaban embarazadas o durante el periodo de lactancia.
En uno de los casos, la terminación del vínculo laboral ocurrió seis meses y once días después del nacimiento del bebé, pese a que la trabajadora había informado que continuaba con la lactancia.
La Sala Tercera de Revisión protegió los derechos fundamentales al trabajo, la estabilidad laboral reforzada, la lactancia materna, la seguridad social y el mínimo vital de las accionantes.
La Corte destacó la importancia de la lactancia materna no solo desde el punto de vista biológico, sino también en su dimensión social, económica y psicológica. Señaló que la maternidad y el desarrollo profesional no son excluyentes y que el entorno laboral debe ofrecer condiciones adecuadas que permitan armonizar ambas dimensiones.
Recordó que la estabilidad laboral reforzada es un derecho fundamental que protege la permanencia en el empleo e impide el despido, la terminación o la no renovación del contrato por causa o con ocasión del embarazo o la lactancia.
La Corte ordenó renovar contratos, reintegrar a las trabajadoras afectadas y pagar salarios, honorarios y prestaciones dejadas de percibir, además de realizar las cotizaciones correspondientes al Sistema de Seguridad Social.
#LaCorteInforma | La Corte recordó la prohibición de despido por embarazo y precisó que la desvinculación durante el periodo de lactancia no puede fundarse en motivos discriminatorios
Sentencia T-014 de 2026
M.P. Lina Marcela Escobar Martínez
Boletín: https://t.co/XArmqOwO7G pic.twitter.com/Ia3RcYJHa8— Corte Constitucional (@CConstitucional) March 3, 2026
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