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Corte Suprema de Justicia aclara norma para que cambio de régimen pensional sea válido


Actualizado: 25 abril, 2019 (hace 5 años)

Corte Suprema de Justicia echó para atrás dos decisiones judiciales que le habían negado a una trabajadora una petición para ser pensionada por Colpensiones y no por un fondo privado.

La trabajadora argumentó en su petición que había cotizado en Colpensiones y en un fondo privado, y que “mediante engaños” se le indicó que para ella era más favorable trasladarse al régimen de ahorro individual “por cuanto podía pensionarse cuando lo deseara”.

Añadió que no se le informó que esto implicaba la renuncia a la transición pensional contemplada en la Ley 100 de 1993. Colpensiones afirmó que negó el pago de la pensión porque la trabajadora perdió el régimen de transición al trasladarse al privado y que no cumplía con el número de semanas exigidas “toda vez que solo cotizó 895”.

Aunque en dos instancias la demandante perdió, la Corte señala que la jurisprudencia insiste en el riguroso deber de los fondos de garantizar información adecuada a los afiliados y “adicionalmente, implica un mandato de dar asesoría y buen consejo”.

Fuente: Portafolio.

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