Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Costos por préstamos: ¿en qué casos se pueden capitalizar?


Costos por préstamos: ¿en qué casos se pueden capitalizar?
Actualizado: 1 mayo, 2019 (hace 5 años)

Los Estándares Internacionales son enfáticos al definir las situaciones en las cuales es posible capitalizar los costos por préstamos en los que se incurre. Para esto debe tenerse presente el concepto de activo apto, así como el grupo de aplicación del DUR 2420 de 2015 al que pertenece la entidad.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: ¿cómo se determina si un costo por préstamo es capitalizable o se considera un gasto financiero?

Para resolver esta pregunta es importante tener presente que las únicas entidades que, de acuerdo con los Estándares Internacionales, tienen la posiblidad de capitalizar sus costos por préstamos son las que pertenecen al grupo 1. Lo anterior significa que las entidades de los grupos 2 y 3 en ningún caso tienen permitido capitalizar estos costos y siempre deberán llevarlos como un gasto con cargo al estado de resultados. La sección 25 del Estándar para Pymes señala de manera expresa que todos los costos por préstamos deben reconocerse como “un gasto en resultados en el período en que se incurre en ellos”.

De acuerdo con lo anterior, si alguna entidad que pertenece a los otros grupos (2 o 3) se encuentra capitalizando sus costos por prestamos, está yendo en contra de los requerimientos de los marcos técnicos-normativos vigentes y, por tanto, sus estados financieros contienen un error.

Ahora bien, hecha esta aclaración, las entidades del grupo 1 deben observar los lineamientos de la NIC 23, específicamente los párrafos 1, 8 y 9 de esta norma, que señalan que deben capitalizarse únicamente los costos por préstamos necesarios para la adquisición, construcción o producción de un activo apto, es decir, “aquellos activos que requieren de un período antes de estar listo para el uso al que está destinado o para la venta” (párrafo 5 de la NIC 23).

Algunos ejemplos de activos que caben dentro de la categoría de “aptos” son la construcción de fábricas o plantas, la producción de inventarios que requieran de largos períodos de preparación (como pueden ser los inventarios de las empresas que realizan proyectos inmobiliarios), o la construcción de propiedades de inversión.

En estos casos, mientras el activo no esté en condiciones de uso, la entidad podrá llevar como mayor valor del activo los pagos por intereses que realice, solo en el caso de que haya adquirido un préstamo para su construcción.

En cualquier otro caso distinto al descrito anteriormente, los costos por préstamos, al igual que en las entidades de los grupos 2 y 3, deben reconocerse como un gasto en el período en que se incurre en ellos.

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