Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Costos y deducciones que aplican en cada cédula y sus soportes


Ficha técnica:

  • Categoría: Impuestos
  • Fecha de publicación: Junio 22 de 2018
  • Fecha de grabación: Mayo 25 de 2018
  • Duración: 1 hora
Actualizado: 22 junio, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

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Las deducciones son erogaciones que disminuyen la renta, y se imputan en el año en que se incurren. Por su parte, los costos y gastos son todas las erogaciones en que se incide para la obtención del ingreso, siempre y cuando se cumplan los requisitos y limitaciones para su procedencia. En las cédulas de trabajo, pensiones y dividendos, no le serán aceptados los costos y gastos.  

A partir del año gravable 2017, se aplican cambios en la determinación del impuesto sobre las rentas de las personas naturales, estableciendo algunos límites a las cédulas (rentas de trabajo, pensiones, capital, no laborales, y dividendos y participaciones) sobre las rentas exentas, deducciones, costos y gasto en ellas. 

Considerando que las deducciones son erogaciones que disminuyen la renta, y aunque no guardan relación de causalidad con ella, en la cédula de rentas de trabajo se permiten las siguientes deducciones:  

  • Deducción de interés por crédito para adquisición de vivienda o leasing financiero. 
  • Pagos por salud: medicina prepagada (solo rentas de trabajo). 
  • Gastos por dependientes (solo rentas de trabajo). 
  • Gravamen financiero del 50%.  

Por otro lado, son rentas exentas los ingresos o rentas que cumplen con los requisitos para ser ingreso fiscal, pero que, por disposición legal, se gravan con tarifa cero, las cuales obedecen en muchos casos a decisiones de política fiscal, orientadas a fomentar el desarrollo de una actividad económica o región. Las exenciones benefician de manera exclusiva al titular del mismo, y no son transferibles a socios, participes o comuneros.  

 Objetivos   

  • Conocer los cambios introducidos en la reforma tributaria, aplicables a la declaración de renta y complementario por el período gravable 2017. 
  • Distinguir entre los costos, deducciones y rentas exentas aplicables a cada cédula. 

 Temario 

  1. Costos y gastos.  
  2. Deducciones por intereses o correcciones monetarias, crédito de vivienda, medicina prepagada, dependientes, cesantías y GMF. 
  3. Rentas exentas. 
  4. Régimen de transición – auxilio de cesantías.  
  5. Ejemplo: impacto de la limitación de deducciones y rentas exentas. 
  6. Rentas por pensiones. 
  7. Rentas de capital. 
  8. Ingresos no laborales. 
  9. Dividendos y participaciones.  

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Doris Gutiérrez Parra
Contadora Pública - Universidad Santiago de Cali, con especialización en Gerencia Tributaria – Universidad Icesi, con sólidos conocimientos en Impuestos de orden Nacional, Departamental y Municipal, manejo de personal, Atención al cliente interno y externo. Con más de 10 años de experiencia en la docencia universitaria: U. Icesi, U Libre, U. San Buenaventura y U. Santiago de Cali
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