Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Costumbre mercantil


Actualizado: 23 julio, 2018 (hace 6 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Costumbre normativa
  • Costumbre interpretativa
  • Clasificación de la costumbre
  • Funciones de la costumbre mercantil

La costumbre mercantil es un conjunto de usos o prácticas llevadas a cabo por los comerciantes. Estas deben ser acordes a la ley para que puedan ser consideradas parte del Derecho Consuetudinario y, en consecuencia fuente de derecho.

La costumbre mercantil es considerada la segunda fuente del Derecho Mercantil, ya que a partir de esta se interpreta o se suple una ley que no regule el tema.

Costumbre normativa

Es aquella que tiene validez de forma general, dado que es practicada por una colectividad que está convencida de su obligatoriedad. Esto se da de manera independiente a la voluntad de quienes suscriben un contrato.

Costumbre interpretativa

Esta costumbre surge de las relaciones entre contratantes y solo se aplica a las personas vinculadas en el contrato. Lo que hace esta costumbre es aclarar la manifestación de voluntad que no haya sido acordada en dicho documento; lo anterior quiere decir que es una forma tácita de manifestar el consentimiento.

Clasificación de la costumbre

Las costumbres mercantiles se clasifican teniendo en cuenta su sentido, como se presenta a continuación:

  • Costumbre según la ley: es la que se practica sin contradecir las disposiciones legales.
  • Costumbre fuera de la ley: esta se originó en la práctica del comercio, por falta de una norma expresa que regulara el asunto que le dio origen, así como también dispone lo no previsto en la ley.

De acuerdo con esto, el artículo 3 del Código de Comercio, establece lo siguiente:

“Artículo 3º. Autoridad de la costumbre mercantil – costumbre local – costumbre general. La costumbre mercantil tendrá la misma autoridad que la ley comercial, siempre que no la contraríe manifiesta o tácitamente y que los hechos constitutivos de la misma sean públicos, uniformes y reiterados en el lugar donde hayan de cumplirse las prestaciones o surgido las relaciones que deban regularse por ella.

En defecto de costumbre local se tendrá en cuenta la general del país, siempre que reúna los requisitos exigidos en el inciso anterior.”

 (El subrayado es nuestro)

  • Costumbre contra la ley: esta se practica en sentido opuesto a la ley y, por lo tanto, es inadmisible e ineficaz.

Al respecto, la Corte Constitucional, mediante Sentencia C-486 de 1993, estableció lo siguiente:

“(…) en ningún caso la costumbre puede contrariar la Constitución y las leyes de la República.”

Funciones de la costumbre mercantil

La costumbre mercantil cumple tres funciones:

  • Función interpretativa: esta función aclara el sentido de las palabras o frases técnicas de la actividad comercial.
  • Función de integrar normas legales: esta se da cuando la costumbre completa el contenido de una norma.
  • Función de cubrir lagunas de la ley: esta se da cuando, a falta de la existencia de una norma expresa o que no sea clara, se toma como conducta a seguir la costumbre del lugar donde surge la relación comercial.

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