La extensa lista de trámites para realizar, los compromisos tributarios y el incierto panorama económico que enfrenta la Nación, son variables tormentosas a la hora de decidir crear empresa. Tener claro el proceso y algunos beneficios le ayudarán a dar el gran paso.
A pesar de los beneficios ofrecidos a las nuevas empresas acogidas a la Ley 1429 del 2010 y de las ventajas de apalancamiento ofrecidas por el Gobierno Nacional en búsqueda de incentivar el emprendimiento, aún es muy común encontrar buenas ideas de negocio que se quedan estancadas en el baúl de los recuerdos, o metas a largo plazo por causa de la intimidación de sus creadores.
Crear empresa puede tornarse tormentoso para algunas personas dado el complejo régimen tributario, la lista de trámites que deben realizarse y, sobre todo, el incierto panorama económico que enfrenta la Nación. En todo caso, crear empresa sí paga, se genera empleo y sobre todo se activa el mercado interno; que haya más personas empleadas genera mayor poder adquisitivo y, por tanto, más consumidores; todo es un proceso en cadena que, con el tiempo, va mejorando las condiciones económicas y comerciales del país en general.
Si bien es cierto que crear empresa requiere del seguimiento de un proceso complejo, este se facilita mucho más si se conoce cada paso con anterioridad, con discriminación de los costos, lugares de trámite, y documentación requerida. A continuación presentamos cada uno de los aspectos que deben tenerse en cuenta a la hora de crear empresa, a fin de que pueda realizar la planeación y programación pertinente.
Nota: La obligación de registrar los libros de contabilidad fue eliminada con la entrada en vigencia de la Ley 19 del 2012 o Ley Antitrámites.
Debe tramitar los siguientes certificados:
Como pudo observarse, crear empresa en Colombia exige una serie de requisitos de carácter comercial, laboral, tributario y de funcionamiento; los pasos anteriormente enumerados responden a los requisitos genéricos que deben seguirse para oficializar la creación de una empresa; sin embargo, es importante tener en cuenta que el procedimiento presentado responde a las obligaciones estándar con las que deben cumplir la mayoría de las empresas, pero hay algunos casos específicos, como los de las entidades sin ánimo de lucro, en los que este proceso tiene algunas modificaciones.
La norma estableció fechas para las personas naturales y jurídicas que deseen acceder a los beneficios de la Ley 1429 del 2010; los beneficios referentes a la constitución de la empresa, tales como: beneficios en matrícula, renovaciones mercantiles y parafiscales solo se otorgaron a las nuevas empresas que se constituyeron antes de diciembre 31 del 2014.
Sin embargo, el resto de beneficios como lo son la progresividad en renta (mencionado en el artículo 4 de la Ley 1429 del 2010) y beneficios de descuentos por generación de nuevos puestos de trabajo a ciertos tipos de personas en Colombia (contenido en los artículos 9 a 13 de la Ley 1429 del 2010) no tendrán límite de tiempo.
Por tanto, los beneficios a los que podrán acceder las pequeñas empresas que se acojan a la Ley, dependiendo del departamento donde funcionen y realicen su registro mercantil, son:
Beneficio |
Empresas de Amazonas, Guainía y Vaupés |
Empresas de todos los demás departamentos |
Años de beneficio |
10 años |
5 años |
Progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y su complementario de ganancia ocasional |
Año 1 – 8: 0% Año 9: 50% Año 10: 75% Año 11: 100% |
Año 1 y 2: 0% Año 3: 25% Año 4: 50% Año 5: 75% |
Progresividad en el pago del impuesto de industria y comercio y otros impuestos |
Hasta el momento, ningún departamento ni municipio aprobó beneficios en materia de impuestos territoriales |