Artículos 8 y 10 del Decreto 862 de 2013
a. A partir de los aportes que se generen sobre las nóminas de mayo de 2013 (que se pagarían en junio de 2013) solo sociedades y entes jurídicos sujetos al CREE, al igual que las personas naturales con dos o más trabajadores, dejarán de pagar el aporte al SENA y al ICBF y solo sobre salarios inferiores a 10 salarios mínimos. Los demás empleadores deberán seguir haciendo estos aportes.
Cada empleador deberá definir correctamente si el salario de cada trabajador fue o no inferior a 10 salarios mínimos, pues deben tomar en cuenta todo lo que en constituye salario.
b. A partir de enero 1 de 2014, solo las sociedades y entes jurídicos que estén sujetos al CREE, dejando por fuera a las sociedades y entes jurídicos no sujetos al CREE y las personas naturales empleadoras, serán las que queden exoneradas de pagar los aportes como empleadores a las EPS (el 8,5%). La otra parte el aporte a la EPS, la que ponen los trabajadores, sí se deberá seguir efectuando.
Tarifas / Base Gravable / Sujetos Activos / Sujetos Pasivos
Operaciones anuladas, rescindidas o resueltas