Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Cronología de la Revisoría Fiscal en Colombia


Cronología de la Revisoría Fiscal en Colombia
Actualizado: 19 junio, 2014 (hace 10 años)

En ésta ocasión nos proponemos precisar los alcances de ésta figura de control contable, financiero, de gestión empresarial, de control de información bajo sistemas computarizados y de evaluación del control interno.

La figura de la Revisoría Fiscal tiene su origen en la segunda mitad del siglo XIX, fue reglamentada con la Ley 73/35 y se le asignó su ejercicio exclusivo a la Contaduría Pública mediante el DR 2373/56.

Para el común de la comunidad contable El Revisora Fiscal es un »auditor», cuya designación legal, condiciones para el ejercicio de ésta figura de control, deberes y facultades, están definidos claramente en el Código de Comercio, las Leyes 145/60 y 43/90 reglamentarias de la profesión de la Contaduría Pública, y las diferentes Orientaciones Profesionales emitidas por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública CTCP.

Para el CTCP, la Revisoría Fiscal es un órgano de fiscalización que, en interés de la comunidad, bajo la dirección y responsabilidad del Revisor Fiscal  y con sujeción a las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas NAGA y hoy las Normas Internacionales de Auditoría NIA, le corresponde expresar un dictamen sobre los Estados Financieros  así como la revisión y evaluación sistemática del Sistema de Control Interno, en forma oportuna e independiente  de acuerdo con las disposiciones vigentes en la ley, los estatutos empresariales y las diferentes orientaciones profesionales del CTCP.

El CTCP, en la Orientación Profesional No.7 Referida a la figura del Revisor Fiscal, dispone puntualmente que sea responsabilidad del profesional de la contaduría que actúa como tal, realizar el siguiente trabajo:

1. Determinar si los Estados Financieros están presentados de acuerdo con la normatividad legal contable vigente, como lo son Las Normas Internacionales de información Financiera NIIF.

Esto equivale a la realización de una Auditoria Financiera.

2. Establecer si la empresa cumple con todas las disposiciones legales desde el punto de vista contable, comercial, tributario y jurídico en general.

Esto equivale a la realización de una Auditoria de Cumplimiento.

3. Evaluar el grado de eficiencia con que la empresa logra sus objetivos y el manejo adecuado de sus recursos disponibles.

Esto equivale a la realización de una Auditoria de Gestión.

4. Revisar la operabilidad y el grado de confianza que brinda El Sistema de Control Interno implementado por la empresa.

Esto equivale a la realización de una Auditoria de Control Interno.

Aspectos característicos de la Revisoría Fiscal:

1. La Permanencia: Por cuanto su responsabilidad abarca todo el período contable el cual coincide con el periodo fiscal, no importando que su nombramiento se haga en la asamblea general de accionistas de los meses de Febrero o Marzo normalmente.

Por lo tanto en aras de su responsabilidad y acción, la extensión de su examen será mayor que en el caso de la auditoría externa.

2. La Cobertura Total: Dado que para la Revisoría Fiscal no hay restricciones ni reservas en las áreas, documentos o situaciones a examinar, diferente a la auditoría externa que puede ser contratada para exámenes parciales como Inventarios, etc.

3. La Independencia de Acción y Criterios: Referida que en la extensión de su examen y la profundidad de sus pruebas, siempre impera su criterio personal y profesional sin la contar con la anuencia o aprobación de nadie. La independencia es fundamental en el marco de su gestión.

“El ejercicio de La Revisoría Fiscal tiene implícita la realización de una AUDITORIA INTEGRAL, lo que implica que se deben examinar las transacciones contables y financieras, el cumplimiento de las obligaciones legales, la existencia y observancia de normas de control interno, así como la gestión administrativa”

4. La Función Preventiva : La característica de la Permanencia, supone una inspección asidua de las operaciones y registros de la empresa, la cual se hace manifiesta con la expedición de informes escritos y oportunos sobre los diferentes hechos generadores de riesgos, su cuantificación y sus posibles soluciones o recomendaciones .

El ejercicio de La Revisoría Fiscal tiene implícita la realización de una AUDITORIA INTEGRAL, lo que implica que se deben examinar las transacciones contables y financieras, el cumplimiento de las obligaciones legales, la existencia y observancia de normas de control interno, así como la gestión administrativa.

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Preparado por:

Gildardo Hoyos Giraldo

*Exclusivo para actualicese.co

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