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Consultorios exclusivos  - 16 abril, 2026

CTCP indica cómo es el tratamiento contable por errores en la medición de activos fijos



El CTCP recuerda que, cualquier incremento en el reporte en libros de propiedades, planta y equipo que no esté sustentado en la política contable vigente constituye un error.

Mediante el Concepto 2026-0047, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP- resolvió una consulta relacionada con la validez del incremento del valor de activos cuando este aumento no sigue una política contable.

En desarrollo de la consulta realizada, en primer lugar, el CTCP recordó que cualquier incremento en el reporte en libros de propiedades, planta y equipo que no esté sustentado en la política contable vigente constituye un error.

Es por lo anterior, que el ajustar el valor del activo de conformidad con el avalúo catastral o el impuesto predial, sin atender los demás criterios requeridos por la norma, podría afectar la medición del activo.

Ahora bien, de haber incurrido la entidad en este error, la norma establece que se debe corregir de forma retroactiva. Para ello, aun si la asamblea general de accionistas ya aprobó los estados financieros, el error se debe corregir en los primeros estados financieros formulados después de su descubrimiento, reexpresando la información comparativa de periodos anteriores.

De la misma manera, para el caso en el cual la entidad decida adoptar posteriormente el modelo de revaluación como nueva política contable, este cambio no convalidará los errores cometidos en periodos anteriores, por lo que la organización debe primero ajustar los valores al importe correcto y, solo después, aplicar el cambio de política conforme a lo establecido en la Sección 17 del marco normativo.

Además de lo anterior, de querer cambiar las políticas contables, para la medición de propiedades, planta y equipo, se deberá realizar la revaluación de conformidad con lo establecido en las sección 17, sin que eso implique reexpresar los estados financieros de periodos anteriores.

Finalmente, el organismo recordó que el modelo de revaluación debe fundamentarse en técnicas de valoración apropiadas y evidencia observable del mercado, no en referencias fiscales.

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