Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Actividades gravadas con el impuesto de renta y con el impuesto de ganancia ocasionales


Actualizado: 10 julio, 2014 (hace 10 años)

Aunque el impuesto de renta y el de ganancias ocasionales son dos tributos diferentes; han sido diseñados para declararse en el mismo formulario; es también por esta razón que el impuesto ha sido denominado “Impuesto de renta y complementarios” en el que el complementario hace referencia al impuesto de ganancias ocasionales.

Pero, ¿pero sobre qué actividades debe aplicarse la tarifa de cada impuesto?

En Colombia, todos los ingresos obtenidos por un contribuyente en un año gravable, ya sea en dinero o en especie, y siempre que tengan la posibilidad de generarles un incremento en el patrimonio líquido o neto; estarán sujetos a gravarse con alguno de los dos siguientes impuestos:

  1. Impuesto de renta: Grava la totalidad de las rentas ordinarias que son las que percibe el contribuyente por el ejercicio de su actividad económica y que equivalen a los ingresos operacionales y a la mayoría de los ingresos no operacionales.
  1. Impuesto de ganancias ocasionales: Grava todas aquellas rentas que fueron explícitamente indicadas como ocasionales, en los artículos contenidos del 299 al 318 del E.T., dichas ganancias ocasionales se pueden clasificar según su procedencia en:
    • Utilidad en venta de Activos Fijos poseídos 2 años o más
    • Utilidad en liquidación de sociedades con permanencia de 2 años o más
    • Herencias, legados y donaciones
    • Todo acto jurídica realizado entre vivos a título de donación
    • Loterías, rifas, apuestas, premios, juegos y similares

Así pues, a la hora de diligenciar el respectivo formulario para la declaración del impuesto de renta y su complementario de ganancias ocasionales, es muy importante separar muy bien los ingresos que serán gravados con cada uno de estos impuestos, de acuerdo a lo indicado anteriormente, pero también será necesario realizar una correcta asignación de los costos y gastos en los que se incurrió para generar cada tipo de ingreso; de esa forma se garantiza que las bases gravables de ambos impuestos sean correctas y por tanto que el valor de impuestos a pagar también lo sea.

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