Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cuándo se debe dar de baja en cuentas un activo financiero?


¿Cuándo se debe dar de baja en cuentas un activo financiero?
Actualizado: 25 abril, 2018 (hace 6 años)

De acuerdo con la sección 11, la baja de cuentas de un activo financiero puede darse cuando expiran, se liquidan, caducan o prescriben los derechos de cobro, o cuando se transfieren los derechos asociados al activo financiero. A continuación, explicamos el proceso que debe llevarse a cabo.

A continuación, daremos respuesta a la siguiente inquietud: Según los nuevos marcos contables, ¿cuándo se debe de dar de baja en cuentas un activo financiero?

Para responder esta pregunta es necesario mencionar que los activos financieros son, en pocas palabras, derechos a cobrar. Lo anterior, quiere decir que la entidad que posee el activo financiero espera obtener un pago por parte de un tercero, ya sea efectivo, recursos, equivalentes de efectivo u otro instrumento financiero. Los activos financieros se originan cuando una entidad presta dinero, cuando vende mercancía o presta servicios a crédito.

Ahora bien, de acuerdo con la sección 11, un activo financiero se da de baja en cuentas cuando:

  • Expiran o se liquidan los derechos de cobro, es decir, cuando el deudor le paga a la entidad.
  • Caduca o prescribe el derecho de cobro.
  • La entidad transfiera a terceros todos los riesgos y ventajas asociados al activo financiero.

En cuanto a este último ítem, se requiere identificar qué condiciones tiene el contrato en el que se transfieren los riesgos y ventajas al tercero. Veamos un ejemplo:

Caso:

La entidad Impaciente SA tiene una cuenta por cobrar a 90 días por un monto de $10.000.000 a nombre del cliente Aurelio Lanister. Dado que necesita apalancamiento de forma inmediata y no puede esperar al vencimiento del plazo pactado con el cliente, decide realizar un contrato de factoring con la Cobradora SAS, por un valor de $9.500.000. En los términos del contrato queda establecida una garantía a favor de la Cobradora SAS, la cual consiste en que, si Aurelio Lanister no efectúa el pago de la cuenta por cobrar en la fecha de vencimiento que tiene pactada, la Impaciente SA deberá responder por los $9.500.000 a la Cobradora SAS.

A pesar de que se transfiere la factura, Impaciente SA no puede dar de baja la cuenta por cobrar, porque todavía tiene una obligación por causa de la garantía a favor de la Cobradora SAS; en este caso, tendría un pasivo. Si, por el contrario, no existiera la garantía, podría dar de baja la cuenta por cobrar.

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