Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cuántas veces se puede ser beneficiario del subsidio familiar de vivienda?


¿Cuántas veces se puede ser beneficiario del subsidio familiar de vivienda?
Actualizado: 8 julio, 2019 (hace 5 años)

El subsidio familiar tiene como finalidad permitir a las personas con bajos ingresos adquirir vivienda, siempre que cumplan con los requisitos que establece la ley. Existen determinadas situaciones en las cuales una persona puede ser beneficiaria por más de una vez de dicho subsidio, conózcalas.

El subsidio de vivienda familiar es un aporte que otorga el Estado y tiene como finalidad permitir a las familias con ingresos totales inferiores a cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes –smmlv– adquirir, construir en su propio sitio, o realizar mejoras en su vivienda, lo cual se encuentra regulado mediante el Decreto 1077 de 2015.

Podrán ser beneficiarios del subsidio familiar los hogares conformados por:

  • Una o más personas del mismo núcleo familiar.
  • Cónyuges (incluyendo parejas del mismo sexo).
  • Uniones maritales de hecho (incluyendo parejas del mismo sexo).
  • Grupo de personas unidas por vínculos de parentesco hasta tercer grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, que compartan vivienda.

En lo que concierne al caso en concreto, según el artículo 2.1.1.1.1.1.2. del decreto mención, este subsidio se otorga a las personas por una sola vez. No obstante, el artículo 2.1.1.1.1.1.4. de la misma norma establece dos casos en los cuales se permite que quienes ya fueron beneficiarios del subsidio puedan serlo de nuevo, y es cuando:

  • En el futuro conformen un nuevo hogar. Por ejemplo, alguien que solicitó el subsidio cuando vivía con su madre y después conforma un nuevo hogar con su cónyuge e hijos puede postularse de nuevo para acceder al beneficio, siempre y cuando, claro está, cumpla con los requisitos establecidos.
  • Se produzca la disolución de la sociedad conyugal o marital de hecho. El cónyuge o compañero permanente podrá postularse de nuevo al subsidio de vivienda, siempre que no viva en el inmueble y además no figure como propietario de este.

Se tiene entonces que es posible que una persona pueda ser beneficiaria por más de una vez del subsidio familiar, siempre que cumpla con los requisitos que exige la ley.

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