Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿De qué forma la UGPP controla la seguridad social de los independientes?


¿De qué forma la UGPP controla la seguridad social de los independientes?
Actualizado: 28 mayo, 2020 (hace 4 años)

Luis Miguel Merino explica de forma práctica cómo los trabajadores independientes deben hacer los aportes a la seguridad social.

UGPP es la entidad fiscalizadora y que sanciona a los independientes, si estos incumplen con sus obligaciones.

En nuestro espacio #CharlasConActualícese, el abogado Luis Miguel Merino explica aspectos sobre los aportes a la seguridad social de los trabajadores independientes. De igual forma, con casos prácticos, ilustra la forma cómo se deben hacer estos aportes y así evitar los procesos de fiscalización y exponerse a posibles sanciones.

Si percibe ingresos iguales o superiores a un salario mínimo mensual legal vigente por concepto de un contrato de prestación de servicios personales, cuenta propia, contrato diferente a prestación de servicios personales o es un rentista de capital, está en la obligación de aportar al Sistema General de Seguridad Social.

«La UGPP busca reducir la evasión de los aportes parafiscales de la protección social generando cultura de pago a través de capacitaciones, acciones persuasivas, de sensibilización y fiscalización», explica Merino.

El abogado explica que al momento de calcular el IBC para contratos por prestación de servicios, aplica solamente para contratos por prestación de servicios que no impliquen subcontratación o compra de insumos o expensas relacionados directamente con la ejecución del contrato.

«El valor del IBC no puede ser inferior a un salario mínimo mensual legal vigente, ni superior a 25 smmlv», afirma.

Debido a que los ingresos de los independientes pueden variar de un mes a otro, debe realizar el cálculo del IBC cada mes. Ahora bien, si durante algún periodo no genera ingresos superiores a un SMMLV no se encuentra obligado a aportar al SGSS, debe reportar la novedad de retiro durante los 5 primeros días del mes, de lo contrario incurrirá en mora.

Merino recomienda corregir y guardar los soportes en caso de que la UGPP lo requiera en el futuro. «Luego de recibir la segunda comunicación y no observar un cambio de comportamiento, podrá ser seleccionado para iniciar un proceso de fiscalización ante la UGPP», explica.

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