Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

De una imagen negativa se pasará a una discusión técnica de la reforma tributaria 2012 – Gabriel Vásquez Tristancho


Gabriel Vásquez Tristancho

Criticar desde afuera es muy fácil. Pero la propuesta de reforma tributaria 2012 del actual Gobierno, con los anuncios que hizo el mismo Señor Presidente, con el debido respeto, de “hacer chillar a los ricos”, y las presentaciones preliminares al mejor estilo Robin Hood moderno, tanto del Ministro de Hacienda como del Director General de la DIAN, mas otros comentarios que se hicieron públicos y que no vale la pena ni siquiera repetir, con relación a sectores muy importantes de la economía nacional e incluso con asesores tributarios, no fue un buen comienzo para socializar los elementos técnicos de la propuesta de cambios en las principales fuentes de recaudo del sistema tributario de Colombia.

Al 2011 el 83% del recaudo nacional lo representan dos tributos: Renta e IVA.  Luego no es difícil proyectar que la concentración de la reforma será alrededor de estos dos impuestos. Sin embargo, es de anotar que se ha reducido desde el 2009 su participación en el total, al pasar del 85%  al 84% (2010), lo cual podría representar una tendencia negativa y que no es producto de un portafolio de impuestos que los remplacen, donde todo lo contrario, tanto el impuesto de patrimonio como el gravamen a los movimientos financieros, tienden a desaparecer en el mediano plazo.

Por otro lado, el actual sistema presenta una polarización marcada en los aportantes de los dos impuestos principales, donde cerca del 80% lo hacen los grandes contribuyentes.

El gobierno le puso nombre de mujer al enfoque de la propuesta: ELISSA, cuyas primeras letras representan Equidad, Limpieza, Simplicidad, Seducción, Adaptación a estándares internacionales.

Según los analistas del Gobierno, el presupuesto de Equidad se basa en las siguientes premisas: 1- Evitaremos que los que ganen menos paguen mas impuestos, 2- Evitaremos que se abuse de esquemas legales que usan algunas empresas para no pagar sus impuestos, 3- Cambiaremos la situación actual para evitar que los que mas ganan se queden con los beneficios tributarios, 4- Combatiremos las trampas que surgen de los tratamientos tributarios especiales.

Cada beneficio tributario existente se pensó en un momento en el tiempo para desarrollar algunos mecanismos de reactivación económica. Grandes inversiones, como las del sector avícola, hotelero, zonas francas, cultivos de mediano y tardío rendimiento, para solo citar unas pocas, se realizaron con base en las exenciones ofrecidas en algún momento político, social y/o económico.  No resulta entonces coherente que al principio de un nuevo gobierno los inversionistas deban sufrir si continuarán vigentes los ahorros financieros basados en normas tributarias.  Por ello los contratos de estabilidad jurídica, que en algo suplieron el tener que “negociar” políticamente cada vez que haya cambios en la administración central.

Un tema que no aparece en la presentación que hace el Ministerio de Hacienda es el relacionado con los procesos de convergencia hacia normas internacionales de información financiera y que pudieran tener efectos en la recaudación una vez entren en vigencia. Conocimos de la comunicación del Consejo Técnico de la Contaduría donde presenta una posición de neutralidad tributaria de dicho proceso de convergencia, la cual debiera revisarse en virtud de las normas aplicables por remisión expresa, supletiva o renvío, que en un futuro afectarán las bases fiscales.

Lo primero en señalar es que en los textos no originales de la reforma conocidos a través de los medios, el gobierno mantiene la posición de intervenir en la regulación contable fiscal, la cual después de la Ley 1314 de 2009, solo tiene efectos tributarios. La contabilidad comercial tendrá como base las normas internacionales de contabilidad. Existe entonces un vacío conceptual sobre el real alcance de intervención fiscal en la contabilidad comercial.

Necesarísimo que se incluya un dictamen fiscal, para diferenciar los trabajos de aseguramiento de la información basada en normas internacionales de contabilidad de la información basada en la regulación fiscal. Siendo dos cosas diferentes que el futuro, como van las cosas tendrán mayores distancias, este es un punto que debiera estudiarse de manera coherente con las sanciones a contadores públicos.

Otros temas mas precisos podremos comentarlos una vez conozcamos el texto de discusión oficial, tales como las pretendidas devoluciones de impuestos, la limpieza del estatuto tributario, entre otros miles de asuntos por resolver en materia tributaria. Por ejemplo, definir la naturaleza tributaria de las cajas de compensación cuando no realizan actividades industriales ni de mercadeo.

Cordialmente,

Gabriel Vásquez Tristancho

Columnista Vanguardia Liberal

Socio Impuestos Baker Tilly Colombia

E-mail:  gvasquez@bakertillycolombia.com

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