Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Debe inscribirse en el RUT por primera vez o actualizarlo? Aquí le decimos cómo hacerlo


¿Debe inscribirse en el RUT por primera vez o actualizarlo? Aquí le decimos cómo hacerlo
Actualizado: 16 mayo, 2014 (hace 10 años)

Las personas naturales que presentarán declaración de renta, año gravable 2013, y deban obtener por primera vez el RUT o actualizarlo deben hacerlo entre el 5 de marzo y el 31 de julio de este año. Aquí les contamos cómo hacer este tipo de trámite.

El Dato (haz click en la imagen para ampliar)

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El universo de personas naturales que deberán presentar declaración de renta del año gravable 2013 y que tienen que hacerlo a más tardar entre agosto y octubre de 2014, aumentará por los cambios presentados por la reforma tributaria. Cabe recordar que ya no serán 1 millón sino cerca de 2 millones los obligados.

Por lo tanto, y de una vez se lo decimos para que no dejen para lo último, deben tener presente la tarea de inscribirse en el RUT o actualizarlo. La DIAN, le pide a quienes necesiten obtenerlo por primera vez o actualizarlo que acudan a la entidad entre el 5 de marzo y el 31 de julio de 2014.

¿Cómo hacer el trámite del RUT?

+ Debe acudir presencialmente a cualquiera de las sedes de la DIAN.

+ En caso que usted no pueda ir, puede enviar un apoderado que no necesariamente debe ser abogado.

+ Lleve la cédula y fotocopia de la misma.

+ Le pedirán tener creada una cuenta de correo electrónico.

¿Se puede hacer de forma virtual?

Quienes se vayan a inscribir de una vez como responsables de IVA del régimen simplificado y no requieran registros mercantiles en Cámaras de Comercio, pueden desde abril de 2013 hacer el trámite de inscripción del RUT en forma virtual. Para esto se puede consultar el “Servicio de inscripción Virtual en el RUT para personas naturales del régimen simplificado no comerciantes”.

Tenga en cuenta los siguientes 6 pasos… virtuales

1. Ingrese a la página de la DIAN y verifique que el computador donde está reuna todos los requisitos para navegar por el portal. Visite el enlace llamado “verificar requisitos”.

2. En la página principal de la DIAN usar la opción “Inscripción en el RUT” y entre las opciones que allí se despliegan, escoger “Régimen simplificado no obligados Cámara de Comercio”.

3. Luego de digitar la cédula, el sistema le hará tres preguntas de seguridad. Con estas se busca garantizar que no se trate de alguien que esté intentando suplantar su identidad. Si responde alguna mal se bloqueará y tendrá que hacerlo de forma presencial en la DIAN.

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4. El siguiente paso es realizar el diligenciamiento completo de todas las casillas de la primera página del RUT. Aquí debe informar una dirección de correo urbano y una dirección de correo electrónico.

5. Al final, al usar el botón “guardar” y el botón “enviar” el sistema pedirá que se le adjunten dos archivos en PDF que el usuario debe tener listos en su computador. Uno con la fotocopia de su cédula y el otro con la fotocopia del recibo de servicios públicos que corresponda a la dirección de correo urbano que primero reportó.

6. Dentro de los 5 días hábiles siguientes la DIAN hará llegar a su correo electrónico el respectivo archivo de PDF el RUT con la leyenda “CERTIFICADO”.

Si quieres ver un completo análisis al respecto, ingresa a Personas naturales que declararán renta año gravable 2013, a sacar RUT entre marzo y julio de 2014.

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