Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Personas que deben presentar declaración anual del IVA


Actualizado: 6 marzo, 2015 (hace 9 años)

En lo referente a quiénes deben presentar la declaración anual del IVA, la ley estipula en el artículo 27 del Decreto 2623 del 17 de diciembre del 2014, que las personas naturales y jurídicas responsables de este impuesto que hayan obtenido ingresos iguales o menores a 15.000 UVT ($412.275.000) en el año gravable 2014, deben presentar la declaración de IVA de forma anualizada; también el mismo artículo menciona que dichos declarantes deberán tener en cuenta que deben hacer dos anticipos cuatrimestrales del 30%, calculados sobre el total del saldo a pagar por el impuesto, y un pago final del restante por pagar de dicho impuesto.

Solo si el responsable no obtiene saldo a favor, no deberá hacer abonos, ni los anticipos mencionados en el párrafo anterior de este artículo.

Los plazos para el pago de los mencionados anticipos van acorde al último dígito de su identificación, sea NIT o Cédula de ciudadanía; estos fueron decretados así:

  • El primer pago que equivale al 30% del IVA pagado en el año gravable anterior, será cancelado entre el 12 y el 26 de mayo del 2015, empezando el 12 de dicho mes con el dígito 1 y terminando el 26 con el dígito 0.
  • El segundo pago que equivale al 30% del IVA pagado en el año gravable anterior, será cancelado entre el 08 y el 21 de septiembre del 2015, empezando el 08 de dicho mes con el dígito 1 y terminando el 21 con el dígito 0.
  • Para el último pago que corresponde al saldo y a la declaración, se deberá cancelar el saldo del impuesto efectivamente generado durante el período gravable, y los plazos para pagar y declarar van desde el 13 de enero hasta el 26 de enero del 2016, empezando el 13 de dicho mes con el dígito 1 y terminando el 26 con el dígito 0.

También puede consultar:

Normatividad utilizada: 

Decreto 2623 de 2014

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