Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declarando Ingresos por Dividendos o Ventas de Bienes Raíces – ¿En qué momento deben hacerlo las Personas Naturales?


Declarando Ingresos por Dividendos o Ventas de Bienes Raíces – ¿En qué momento deben hacerlo las Personas Naturales?
Actualizado: 22 septiembre, 2008 (hace 16 años)

El Estatuto Tributario indica que aún quienes no estén obligados a llevar contabilidad deben declarar los ingresos por dividendos y ventas de bienes reaices en el año en que se causen, sin importar que se hayan recibido efectivamente en dinero o en especie durante el año.

Contenido

1-Aclaración de la importancia que tiene frente al impuesto de renta la condición de estar o no obligado a llevar contabilidad.

2-Análisis a lo indicado en el artículo 27 del ET.

Duración: 6 Minutos (Encienda los parlantes de su Computador)

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