Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaración de renta de personas naturales año gravable 2017: 9 aspectos clave de esta obligación


Declaración de renta de personas naturales año gravable 2017: 9 aspectos clave de esta obligación
Actualizado: 8 junio, 2018 (hace 6 años)

La declaración de renta de personas naturales año gravable 2017 es la primera en atender las novedades que introdujo la reforma tributaria en este tipo de obligación. A continuación, indicamos los puntos clave de este proceso, editoriales y herramientas que Actualícese ha desarrollado sobre el tema.

“presentamos los nueve pasos más importantes para la elaboración de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario de las personas naturales por el año gravable 2017”

En la infografía Puntos clave en la declaración de renta de personas naturales año gravable 2017 presentamos los nueve pasos más importantes para la elaboración de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario de las personas naturales por el año gravable 2017, la primera que deberá atender las novedades que introdujo la reforma tributaria en este tipo de obligación, motivo por el cual a continuación describiremos cada uno de los nueve pasos e indicaremos los editoriales y herramientas que Actualícese ha desarrollado sobre el tema.

El primer aspecto que se debe evaluar es si el contribuyente se encuentra o no obligado a presentar la declaración de renta, para tal efecto puede acceder a nuestra matriz para definir si una persona natural está obligada a declarar renta de acuerdo con la reforma tributaria, recuerde que ciertas personas pueden presentar dicha declaración de forma voluntaria.

Luego, es necesario verificar si el contribuyente se ha inscrito en el RUT o lo ha actualizado (los pasos a seguir para inscribirse en el RUT puede consultarlos en el análisis Inscripción en el RUT de personas naturales que declaran renta por primera vez).

Posteriormente, se debe definir si la persona natural es residente o no para efectos tributarios, en la herramienta Residente para efectos fiscales facilitamos la ejecución de este paso; pues como lo destacamos en el artículo Formulario para declaración de renta de persona natural dependerá de su residencia fiscal, la residencia ya no solo incide en los tipos de patrimonio y rentas a declarar, sino también en la determinación del formulario a utilizar.

El siguiente paso, será la presentación de la declaración en el formulario respectivo, para ello  las personas naturales residentes utilizarán el formulario 210 mientras que las no residentes deberán recurrir al formulario 110 (para conocer las novedades de estos formularios puede consultar los editoriales Formulario 210 para año gravable 2017 y/o fracción de año gravable 2018 fue prescrito por la Dian, Formulario 110 para año gravable 2017 fue expedido por la Dian y Nuevo formulario 110 para el año gravable 2017: novedades y defectos).

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El quinto paso consiste en determinar los soportes necesarios para elaborar la declaración de renta, en la guía Declaración de renta de personas naturales: documentos necesarios para su elaboración señalamos varios de los documentos base para determinar el patrimonio, ingresos y deducciones. De ahí, se procede a la elaboración de la declaración atendiendo las disposiciones normativas vigentes.

Una vez se ha determinado el impuesto, se debe analizar si el contribuyente debe presentar la declaración firmada por contador público, por haber obtenido ingresos brutos o patrimonio bruto superior a 100.000 UVT que equivalen a $3.185.900.000 por el año gravable 2017 (ver artículo 596 del ET).

El penúltimo paso es identificar si la persona natural se encuentra obligada a presentar la declaración de renta de forma virtual, pues si se presenta por un medio diferente se entenderá como no presentada tal como lo indicamos en la conferencia Declaraciones presentadas de forma litográfica estando obligado a hacerlo de manera virtual.

Finalmente debe presentarse la declaración y pagar el respectivo impuesto en los plazos estipulados, para tal efecto puede consultar los vencimientos en nuestro Calendario tributario 2018.

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