Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaración de renta de personas naturales: respuestas clave 


Declaración de renta de personas naturales: respuestas clave 
Actualizado: 9 agosto, 2022 (hace 2 años)

Aquí hablaremos sobre...

  • Consignaciones que obligan a personas naturales a declarar renta AG 2021
  • Personas naturales no residentes obligadas a declarar renta
  • Reconocimiento de una donación inter vivos en la declaración de renta persona natural AG 2021
  • Parte de las herencias que se encuentran exentas de impuestos
  • Novedades en el formulario 210 para la declaración de renta de personas naturales
  • Valor patrimonial de vehículos en la declaración de renta
  • Material relacionado:

Los plazos para presentar la declaración de renta de personas naturales irán desde el 9 de agosto hasta el 19 de octubre de 2022, según lo dispuso el Ministerio de Hacienda.  

Ingresa aquí y conoce 6 aspectos clave sobre la declaración de renta de personas naturales. 

Se acercan los plazos para presentar la declaración de renta de personas naturales para el año gravable 2021. Es clave que los contribuyentes tengan en cuenta las novedades normativas dispuestas por la Ley 2010 de 2019 hasta la más reciente reforma tributaria: Ley 2155 de 2021.  

Las personas naturales y sucesiones ilíquidas deben determinar si cuentan con residencia fiscal para efectos tributarios, pues de ello dependerá el formato a utilizar. Además, deben identificar si están obligadas o no a llevar contabilidad, debido a que las normas vigentes contienen disposiciones especiales en estos casos.  

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A continuación, el Dr. Diego Guevara Madrid, líder de investigación tributaria de Actualícese, da respuesta a 6 inquietudes importantes sobre la declaración de renta de personas naturales.

Consignaciones que obligan a personas naturales a declarar renta AG 2021  

El Dr. Diego Guevara Madrid indica que en el artículo 594-3 del Estatuto Tributario –ET– y el artículo 1.6.1.13.2.7 del DUT 1625 de 2016, luego de ser modificado con el Decreto 1778 de diciembre de 2021, se establecen los topes que obligan al contribuyente a declarar renta. También se incluyen los montos de las consignaciones. 

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Personas naturales no residentes obligadas a declarar renta  

El Dr. Diego Guevara Madrid indica que las personas que obtengan ingresos en Colombia que sumen más de 1.400 UVT, que no se les hayan practicado retenciones o las retenciones que se les realizaron no estén dispuestas en los artículos 407 al 411 del ET deben presentar la declaración de renta para el año gravable 2021. 

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Reconocimiento de una donación inter vivos en la declaración de renta persona natural AG 2021 

El Dr. Diego Guevara Madrid explica que en las donaciones inter vivos, quien recibe la donación obtiene una ganancia ocasional, y el monto de dicha ganancia ocasional dependerá del tipo de bien recibido entre los que menciona el artículo 302 del ET; adicionalmente, en el artículo 307 del ET se establece el tipo de ganancia ocasional que se puede restar como exenta.  

Parte de las herencias que se encuentran exentas de impuestos 

El Dr. Diego Guevara Madrid explica que los artículos 302, 303 y 307 del ET, en combinación con el Concepto Dian 049408 del 13 de agosto de 2014, establecen cómo se determinan las ganancias ocasionales por herencia, además de su parte exenta.  

Novedades en el formulario 210 para la declaración de renta de personas naturales 

El Dr. Diego Guevara aclara que la Dian estableció mediante la Resolución 000025 de febrero de 2020 las disposiciones en relación con el formulario 210 para presentar la declaración de renta de personas naturales residentes.  

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Valor patrimonial de vehículos en la declaración de renta  

El Dr. Diego Guevara indica que las personas naturales deben definir correctamente su patrimonio fiscal a diciembre 31 de 2021, ya que uno de los topes que obligan a presentar la declaración de renta es el monto del patrimonio bruto de las personas naturales residentes que pertenecen al régimen ordinario.  

Además, el Dr. Guevara analiza lo dispuesto en los artículos 60, 68, 70 y 267 del ET para explicar las reglas concernientes a la medición del valor fiscal por el cual se debe declarar un activo como los vehículos.  

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