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Declaración de renta para no residentes en Colombia: requisitos y topes aplicables



La declaración de renta para no residentes en Colombia continúa generando dudas, especialmente en el caso de las personas naturales que perciben ingresos de baja cuantía o cuando dichos ingresos no estuvieron sometidos a retención en la fuente.

En la práctica tributaria es frecuente encontrar interpretaciones distintas sobre la aplicación de los topes de patrimonio, ingresos, consumos y consignaciones para contribuyentes no residentes.

Mientras algunas posiciones sostienen que cualquier ingreso no sometido a retención obliga automáticamente a declarar, otras consideran que también deben evaluarse los requisitos generales aplicables a las personas naturales.

La inquietud adquiere relevancia en un contexto donde la Dian ha emitido doctrina reciente sobre el tema, modificando la interpretación que tradicionalmente se tenía respecto de las obligaciones formales de los no residentes.

A continuación, el abogado Julián Zambrano explica cuáles son las reglas actualmente aplicables para determinar cuándo una persona natural no residente debe declarar renta en Colombia y cómo operan los topes tributarios establecidos en la normativa vigente.

Declaración de renta para no residentes

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Problema tributario

La situación analizada corresponde a personas naturales no residentes que perciben ingresos en Colombia y frente a las cuales surge la duda sobre la obligación de presentar declaración del impuesto sobre la renta.

La discusión se centra particularmente en dos aspectos:

  • Si los no residentes deben aplicar los mismos topes de ingresos, patrimonio, consumos y consignaciones exigidos a las personas naturales residentes.
  • Si basta con recibir ingresos no sometidos a retención en la fuente para quedar automáticamente obligados a declarar.

La incertidumbre se ha incrementado debido a interpretaciones distintas entre conferencistas, contribuyentes e incluso funcionarios de la Dian, especialmente en casos donde los ingresos obtenidos en Colombia son de cuantías reducidas.

Contribuyentes y declarantes del impuesto sobre la renta

Durante el consultorio, Julián Zambrano explica que el análisis debe partir de lo dispuesto en los artículos 591 y 592 del ET.

El artículo 591 del ET establece quiénes son contribuyentes o declarantes del impuesto sobre la renta, indicando que toda persona que obtenga ingresos en Colombia puede adquirir la calidad de contribuyente.

Por su parte, el artículo 592 del ET regula los casos de personas naturales no obligadas a presentar declaración de renta.

Dentro de esta disposición se contempla que las personas naturales no residentes no estarán obligadas a declarar cuando:

  • Obtengan únicamente ingresos de los señalados en los artículos 407 a 411 del ET.
  • Sobre dichos ingresos se les haya practicado la respectiva retención en la fuente.

En consecuencia, si el no residente obtiene ingresos distintos a los previstos en los artículos 407 a 411 del ET, o si sobre dichos ingresos no se practicó la retención correspondiente, podría surgir la obligación de declarar renta en Colombia.

Aplicación de los topes para no residentes

Uno de los aspectos más relevantes abordados durante el consultorio corresponde a la aplicación de los topes generales utilizados para determinar la obligación de declarar.

Tradicionalmente existía la interpretación de que bastaba la ausencia de retención en la fuente para obligar automáticamente al no residente a declarar renta, incluso por valores mínimos.

No obstante, posteriormente se consultó a la Dian sobre la aplicación de los topes generales utilizados para personas naturales, relacionados con:

  • Ingresos brutos.
  • Patrimonio bruto.
  • Consumos.
  • Consignaciones bancarias.

Frente a esta consulta, la Dian indicó que dichos topes también resultan aplicables a las personas naturales no residentes.

En consecuencia, el criterio doctrinal más reciente de la administración tributaria señala que un no residente estaría obligado a declarar cuando:

  • Obtenga ingresos en Colombia no sometidos a retención o ingresos distintos de los previstos en los artículos 407 a 411 del ET, y además,
  • Supere los topes establecidos para ingresos, patrimonio, consumos o consignaciones.

Relación con los artículos 407 a 411 del ET

Es importante identificar correctamente la naturaleza de los ingresos obtenidos por el no residente.

Los artículos 407 a 411 del ET regulan determinados pagos realizados al exterior y establecen reglas específicas relacionadas con la retención en la fuente aplicable a ingresos obtenidos por no residentes.

Por ello, la práctica adecuada de la retención adquiere especial relevancia para definir si el contribuyente puede ser considerado no declarante o si, por el contrario, debe cumplir formalmente con la obligación de presentar declaración de renta en Colombia.

Interpretación actual de la Dian sobre no residentes declarantes

Actualmente, la obligación de declarar de los no residentes debe analizarse desde dos perspectivas complementarias:

  • La naturaleza del ingreso y la aplicación de la retención en la fuente correspondiente.
  • El cumplimiento de los topes generales utilizados para determinar la obligación de declarar.
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Esto implica que la ausencia de retención no necesariamente genera por sí sola la obligación automática de declarar, sino que también deben evaluarse los límites de ingresos, patrimonio, consumos y consignaciones establecidos para las personas naturales.

La posición doctrinal expuesta por la Dian resulta particularmente relevante porque amplía la aplicación de los topes generales también a contribuyentes no residentes, criterio que modifica interpretaciones que anteriormente se consideraban predominantes en la práctica tributaria.

Implicaciones prácticas para los contribuyentes

Las personas naturales no residentes deben revisar cuidadosamente:

  • La naturaleza de los ingresos obtenidos en Colombia.
  • La correcta práctica de las retenciones en la fuente.
  • El cumplimiento de los topes de ingresos, patrimonio, consumos y consignaciones.

Asimismo, las empresas pagadoras deben verificar adecuadamente la aplicación de las retenciones sobre pagos al exterior, ya que errores en este proceso podrían generar obligaciones formales adicionales para el beneficiario no residente.

Una incorrecta interpretación de las reglas aplicables podría derivar en omisiones de declaraciones, sanciones o requerimientos por parte de la Dian.

Este consultorio también resuelve las siguientes inquietudes:

Pregunta Respuesta
04:07
¿Es correcto que una empresa en el régimen simple no arroje saldo a pagar tras dos años y qué norma lo respalda ante la Dian?
Sí. En el RST el impuesto normalmente queda cubierto con los anticipos bimestrales, conforme al artículo 908 del ET.
06:15
¿Cambia la periodicidad del IVA de cuatrimestral a bimestral por ventas a bomberos tratadas como exentas?
No. La periodicidad bimestral solo aplica para responsables señalados en los artículos 477 y 481 del ET.
10:30
¿Deben reportarse como ingresos exentos en IVA las ventas a bomberos no contempladas en los artículos 477 o 481 del ET?
Sí. El formulario de IVA permite reportar operaciones exentas derivadas de leyes especiales.
11:26
¿Se reinicia el término de respuesta cuando una solicitud a una entidad del Estado se traslada a otra área y es posible pedir aclaración sin nueva radicación?
No. El traslado interno no reinicia términos y cualquier nueva aclaración constituye un nuevo derecho de petición.
15:38
¿Cuáles son las reglas para que los no residentes declaren renta en Colombia y les aplican los mismos topes?
Sí. La Dian reconoce que a los no residentes también les aplican los topes de ingresos y patrimonio para determinar la obligación de declarar.
19:57
¿Una persona no habilitada para facturar electrónicamente puede consultar las facturas emitidas a su nombre en la Dian?
No. La consulta requiere estar habilitado dentro del ecosistema de factura electrónica de la Dian.
21:49
¿Debe declarar renta una persona que solo posee activos en Colombia pero no genera ingresos?
No necesariamente. Según la interpretación actual, para ser declarante se requiere generar ingresos en Colombia.
25:09
¿Cómo se declaran en Colombia ingresos de países con convenio para evitar doble tributación y qué tratamiento tienen los impuestos pagados afuera?
Los ingresos deben declararse conforme al CDI aplicable y los impuestos pagados en el exterior pueden tratarse como deducción.
29:02
¿El no pago del impuesto al patrimonio puede afectar la calidad de autorretenedor si la mora supera 60 días?
Sí. La mora superior a 60 días puede poner en riesgo la resolución de autorretenedor.
33:04
¿Qué tarifa de retención aplica a servicios y reservas de shows musicales realizados por personas naturales residentes?
Aplica una tarifa del 4 %, conforme al artículo 392 del ET modificado por la Ley 2070 de 2020.
39:31
¿Deben gravarse con IVA los servicios o bienes gratuitos entregados para fidelización de clientes?
La entrega gratuita de bienes sí genera IVA; los servicios gratuitos no se encuentran gravados.
42:14
¿Una persona natural pensionada con ingresos de rentas de capital está obligada a llevar contabilidad?
Sí, cuando desarrolla actos de comercio de forma profesional y permanente.
47:26
¿Bajo qué valor debe declarar inmuebles en el exterior un residente fiscal en Colombia y cómo aplican los reajustes fiscales?
Deben declararse por costo histórico más mejoras, pudiendo aplicar reajustes fiscales conforme a los artículos 72 y 73 del ET.
50:03
¿Es válido soportar descuentos por volumen en un periodo posterior al de las compras bajo la norma de devengo?
Sí. El menor valor del ingreso debe reconocerse en el período en que ocurrió el hecho económico, según el artículo 21-1 del ET.

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