Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaración de Renta Personas Naturales: ¿Qué deben contener las declaraciones?


Actualizado: 11 julio, 2013 (hace 11 años)

¿Cuáles formularios? La información a registrar, firmas, liquidación, valores de enajenación y demás, aquí lo enumeramos brevemente.

La declaración de renta y complementario debe contener (art. 596 del E.T.)

  1. El formulario que para el efecto señale la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, debidamente diligenciado.
  2. Para el año gravable 2012, la DIAN ha dispuesto que las personas naturales y sus asimiladas no obligadas a llevar contabilidad de acuerdo con la legislación comercial, utilicen el formulario distinguido con el código 210 (Declaración de Renta y Complementario Personas Naturales y Asimiladas No Obligadas a llevar Contabilidad año 2012).
  3. La información necesaria para la identificación del contribuyente, así como la actividad económica.
  4. La discriminación de los factores necesarios para determinar las bases gravables del impuesto sobre la renta y complementario.
  5. La liquidación privada del impuesto sobre la renta y complementario, incluidos en el anticipo y las sanciones, cuando fuere el caso.
  6. La firma de quien cumpla el deber formal de declarar, o la identificación en el caso de las personas naturales, a través de los medios que establezca el Gobierno. La forma de quien cumple el deber formal de declarar, puede ser quien declara o por quien lo representa.

La declaración de cambio de titular de inversión extranjera debe contener:

  1. La información necesaria para la identificación del contribuyente, así como la actividad económica.
  2. El valor de enajenación de la inversión extranjera.
  3. La determinación del costo fiscal de la inversión objeto de la transacción.
  4. La discriminación de los factores necesarios para determinar las bases gravables del impuesto sobre la renta que se genere en la respectiva transacción.
  5. La liquidación privada del impuesto sobre la renta y complementario y las sanciones cuando fueren el caso.
  6. La firma de quien cumpla el deber formal de declarar, o la identificación en el caso de las personas naturales, a través de los medios que establezca el Gobierno Nacional.
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