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Declaración extrajudicial y designación del representante de la sucesión ilíquida
Actualizado: 5 agosto, 2026 (hace 2 semanas)

Este modelo permite a los herederos conocidos de una persona fallecida acreditar ante la Dian, mediante una declaración extrajudicial rendida bajo la gravedad del juramento, la designación del representante de la sucesión ilíquida para la inscripción, actualización o cancelación del RUT.

El artículo 7 del Estatuto Tributario establece que las personas naturales y las sucesiones ilíquidas están sometidas al impuesto sobre la renta. La sucesión es ilíquida entre la fecha de la muerte del causante y aquella en la cual se ejecuta la sentencia aprobatoria de la partición o se autoriza la escritura pública.

¿Quién elige el representante de la sucesión ilíquida?

Los herederos conocidos, mediante declaración extrajudicial, designan a la persona idónea y la nombran formalmente como representante, quien se encargará de los correspondientes trámites ante la Dian en el proceso de sucesión ilíquida y firmará las declaraciones mientras la sucesión permanezca abierta.

El artículo 572 del ET establece la figura del representante de la siguiente manera:

  1. el albacea con administración de bienes será el encargado pero a falta de este,
  2. el heredero con administración de bienes o,
  3. el curador de la herencia yacente nombrado por autoridad competente solo si no hay ninguno de los dos anteriores.

¿Para qué es útil este modelo de declaración extrajudicial?

Este modelo permite a los herederos conocidos de una persona fallecida acreditar ante la Dian, mediante declaración extrajudicial y bajo la gravedad del juramento, la designación del representante de la sucesión ilíquida para efectos de la inscripción, actualización o cancelación del RUT y el cumplimiento de los demás deberes formales, cuando aún no se ha iniciado el proceso ante notaría o juzgado, de conformidad con el artículo 572, literal d), del ET y el DUT 1625 de 2016.

Nuestro documento no reemplaza el proceso de sucesión ante notaría o juzgado; se recomienda ajustar el número de herederos según el caso; al ser este un modelo sugerido, debe apoyarse en la notaría respectiva, para solicitar el formato específico requerido.

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