Entre el 8 y el 21 de septiembre vencen los plazos para tres declaraciones y/o pagos diferentes, relacionados con el impuesto a las ventas.
De acuerdo con los artículos 25 a 28 del Decreto 2623 del 2014, entre el 8 y el 21 de septiembre del 2015 se vencerán los plazos para las siguientes tres declaraciones y/o pagos diferentes, relacionados con el impuesto a las ventas y para los cuales se usaría el formulario 300 o los recibos de pago 490:
a) La declaración del bimestre julio-agosto.
b) la declaración del cuatrimestre mayo-agosto.
c) el pago del segundo anticipo cuatrimestral del 2015 para los declarantes anuales.