Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Declaraciones tributarias presentadas con extemporaneidad: 10 respuestas clave


Actualizado: 13 diciembre, 2016 (hace 7 años)

Las declaraciones tributarias deben presentarse dentro de los plazos establecidos por el Gobierno, no hacerlo de manera oportuna da lugar a la sanción por extemporaneidad, además de generar otro tipo de implicaciones a nivel fiscal. A continuación se responden 10 preguntas frecuentes sobre el tema.

Responsable del impuesto a la riqueza por presentación extemporánea de declaración de renta.

La presentación extemporánea de una declaración de renta del año gravable 2014 no incide en el impuesto a la riqueza, ya que su hecho generador es la posesión de bienes a enero 1 de 2015.

Sanción por extemporaneidad para persona que diligencia su declaración sin presentarla en el banco.

Una persona sin firma digital debe diligenciar su declaración, presentarla y pagarla en el banco, pues de lo contrario dará lugar a la sanción por extemporaneidad e intereses. Pero, si solo presentó el formulario 490, entonces el pago figurará en el sistema de la DIAN como destinado a una declaración inexistente.

Diligenciamiento de formulario 230 o 240 si se presenta declaración extemporánea

Una persona natural que cumpla con los requisitos para presentar su declaración de renta en el formulario 230 o 240, puede usarlos aunque vaya a presentarla de manera extemporánea.

Pérdida de beneficio de progresividad en renta cuando la declaración se presenta extemporáneamente

Presentar de manera extemporánea la declaración de retefuente de diciembre de 2015 genera la pérdida del beneficio de progresividad en renta (contemplado en la Ley 1429 de 2010) a partir de ese año gravable.

Persona natural presenta extemporáneamente declaración y no realiza el pago de impuesto a cargo

Una persona que presenta una declaración de manera extemporánea puede pagar el valor del impuesto después, ya que la DIAN cuenta con cinco años para exigir el respectivo cobro.

Presentación de la declaración de activos en el exterior de forma extemporánea por persona natural

No se diseñaron sanciones para la declaración informativa de activos en el exterior, por tal motivo la DIAN estipula que la sanción a aplicar está contenida en el artículo 651 del ET, y dicha entidad está encargada de imponerla.

Liquidación de sanción por extemporaneidad y descuento del saldo a favor

Es necesario que se liquide la sanción por extemporaneidad al momento de elaborar una declaración de renta que se presentará después del plazo estipulado por el Gobierno. Además, si da un saldo a favor aún tras la inclusión de dicha suma, entonces debe liquidarse con este.

Base para calcular sanción de extemporaneidad

La sanción por extemporaneidad se determina a partir del impuesto a cargo (cuando existe), sin importar si este se originó de la renta líquida ordinaria o de la renta presuntiva.

Presentación de declaración en la que no se liquida sanción por extemporaneidad

Cuando se presenta una declaración después de la fecha de vencimiento sin liquidar la sanción por extemporaneidad, entonces dicha sanción se generará hasta la fecha de su presentación.

Sanción por extemporaneidad por no presentar declaración del impuesto a la riqueza

Si una persona natural poseía mil millones de pesos o más a enero 1 de 2015, estaba obligada a presentar la declaración del impuesto a la riqueza. No hacerlo de manera oportuna genera sanción por extemporaneidad, la misma que aplica para las demás declaraciones tributarias.

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