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Decreto 0312 de 2026 indica que, el incremento salarial para 2026 resulta de sumar el IPC de 2025 más 1,9 puntos porcentuales adicionales acordados en negociación con las centrales sindicales.
El Departamento Administrativo de la Función Pública expidió el Decreto 0312 del 25 de marzo de 2026, mediante el cual fijó las escalas de remuneración con efectos desde el 1° de enero de 2026 de los empleados públicos de la Rama Ejecutiva y Corporaciones Autónomas Regionales.
De manera preliminar, el decreto puede agruparse en cuatro grandes temas: (I) el incremento salarial general; (II) las escalas de asignaciones básicas; (III) los beneficios y prestaciones adicionales; y (IV) las disposiciones comunes y prohibiciones.
Así las cosas, en primer lugar, el decreto establece que el incremento salarial para 2026 resulta de sumar el IPC de 2025 certificado por el DANE, que fue del 5,1 %, más 1,9 puntos porcentuales adicionales acordados en negociación con las centrales sindicales, para un ajuste total del 7%. En el mismo escenario de negociación, se acordó incrementar la bonificación por servicios prestados en 3 puntos porcentuales para 2026 y en 1 punto adicional para 2027, así como ampliar en un día la bonificación especial de recreación.
En desarrollo del segundo punto, el decreto fija las escalas de asignaciones básicas para los niveles directivo, asesor, profesional, técnico y asistencial de la Rama Ejecutiva, y establece remuneraciones específicas para cargos como ministros del despacho ($30.770.246), viceministros ($17.060.248) y superintendentes ($19.848.984), entre otros. Adicionalmente, contiene escalas diferenciadas para entidades como ADRES, COLPENSIONES, ICFES, ICETEX, el INPEC, la Dirección Nacional de Inteligencia y las Agencias Estatales de Naturaleza Especial.
En tercer lugar, el decreto regula los beneficios y prestaciones adicionales aplicables a los empleados públicos, entre los que se destacan la prima técnica, el subsidio de alimentación, el auxilio de transporte, las horas extras, la prima de navidad, la bonificación especial de recreación y el reconocimiento por coordinación de grupos internos de trabajo.
Finalmente, en materia de disposiciones comunes, el decreto prohíbe expresamente que cualquier autoridad modifique por fuera de este marco el régimen salarial o prestacional, y reitera que el Departamento Administrativo de la Función Pública es el único órgano competente para conceptuar en materia salarial y prestacional. El decreto deroga el Decreto 611 de 2025 y rige desde la fecha de su publicación.
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