Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Decreto 0710 de 24-04-2001


Actualizado: 24 abril, 2001 (hace 23 años)

 

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

DECRETO 0710
(24 de Abril de 2001)

Por el cual se reglamenta el artículo 119 del Estatuto Tributario

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES CONFORME AL DECRETO 697 DE ABRIL 17 DE 2001

en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial de las consagradas en el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política,

DECRETA

 

Artículo 1°. Monto a deducir por intereses sobre préstamos de vivienda. Para efectos de la deducción por intereses sobre préstamos de vivienda a que se refiere el artículo 119 del Estatuto Tributario, el valor máximo a deducir por este concepto, para el año gravable 2000, es la suma de $18.100.000, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos establecidos.
 
Artículo 2°. Vigencia. El presente decreto rmge a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C. a los, 24 Abril de 2001.

 

ROMULO GOMEZ TRUJILLO
Ministro Delegatario de las Funciones Presidenciales

JUAN MANUEL SANTOS
Ministro de Hacienda y Crédito Público

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