Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Decreto 1500 de 07-05-2008


Actualizado: 7 mayo, 2008 (hace 16 años)

Ministerio de Comercio, Industria y Turismo
Decreto 1500
07-05-2008


Por el cual se modifica el Arancel de Aduanas.

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades conferidas por el numeral 25 del artículo 189 de la Constitución Política, con sujeción a las normas generales previstas en las Leyes 6ª de 1971 y 7ª de 1991, previo concepto del Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 4589 del 27 de diciembre de 2006, se adoptó el nuevo Arancel de Aduanas que entró a regir a partir del 1° de enero de 2007;

Que en sesión 181 del 7 de marzo de 2008 el Comité de Asuntos Aduaneros, Arancelarios y de Comercio Exterior, recomendó autorizar la reducción del gravamen arancelario a cero por ciento (0%) para la importación de una lista de subpartidas arancelarias, que corresponden a materias primas industriales, por el término de seis (6) meses a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto,

DECRETA:

Artículo 1°. Establecer un gravamen arancelario del cero por ciento (0%) para la importación de materias primas clasificadas en las siguientes subpartidas arancelarias:

Artículo 2°. El arancel establecido en el artículo 1° del presente decreto, rige por el término de seis (6) meses a partir de la fecha de entrada en vigencia de este decreto. Vencido este término, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto 4589 de 2006.

Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto 4589 de 2006.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 7 de mayo de 2008.


ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Oscar Iván Zuluaga Escobar

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo a hoc,
Juan Lozano Ramírez

Descubre más recursos registrándote o logueándote. Iniciar sesión Registro gratuito
, ,