Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Decreto de becas por impuestos fue aprobado


Decreto de becas por impuestos fue aprobado
Actualizado: 14 junio, 2022 (hace 2 años)

Personas naturales y jurídicas podrán otorgar becas académicas y deportivas, y así recibir un descuento máximo del 30 % sobre el impuesto sobre la renta.

El Ministerio del Deporte ha creado una nueva oportunidad para promover la integralidad deportiva en Colombia, gracias a la firma del Decreto 985 del 13 de junio de 2022, denominado Becas por Impuestos.

Esta iniciativa busca brindar la posibilidad de que los colombianos ofrezcan becas de estudio a deportistas nacionales y obtener un descuento tributario en los impuestos sobre la renta de los oferentes.

De esta forma, los deportistas beneficiados serán financiados por parte de personas naturales y jurídicas, quienes, por su aporte, recibirán como contraprestación títulos negociables para acreditar en las declaraciones del impuesto sobre la renta.

Por lo tanto, el descuento tributario para las personas naturales o jurídicas participantes en el programa de Becas por Impuestos no podrán exceder en un 30 % del impuesto sobre la renta a cargo del contribuyente en el respectivo año gravable.

Cabe recordar que, para la asignación de becas de estudio y manutención se desarrollará un proceso de convocatoria y postulación, así como de evaluación y conformación de lista de elegibles, donde se destacan parámetros como condiciones deportivas y socioeconómicas de los deportistas. Este último proceso, que definirá la lista de los eventuales deportistas beneficiados, será liderado por un comité de elección.

El programa Becas por Impuestos, dentro de su ejecución, considera dos modalidades de asignación: determinada o indeterminada. La primera va orientada a que la persona natural o jurídica interesada en participar como oferente en el programa, escoja al deportista que quiere apoyar de la lista de elegibles, enunciada anteriormente por el comité de elección del Ministerio del Deporte.

En la modalidad de asignación indeterminada, el oferente no elige al deportista directamente a beneficiar, sino que será el comité de elección el que se encargue de seleccionar al atleta a apoyar de la lista de elegibles previamente confeccionada.

Fuente: Ministerio del Deporte.

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