Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Decreto introduce cambios en el pago de seguridad social de trabajadores independientes


Actualizado: 26 julio, 2018 (hace 6 años)

El Ministerio de Salud y Protección Social, publicó el Decreto 1273 de 2018, en el cual se hace referencia al pago por mes vencido y la retención de aportes al SSSI de los trabajadores independientes.

Con el Decreto 1273 de 2018, se reglamenta el pago de la cotización, mes vencido, al Sistema de Seguridad Social, así como la retención de los aportes a quienes celebren un contrato de prestación de servicios personales. Por lo anterior los contratantes de trabajadores independientes cuya relación se configure a través de un contrato de prestación de servicios personales, deberán al momento del pago, efectuar la retención y giro de los aportes a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes –PILA–. La suma a retener por los contratantes públicos y privados será la que resulte de aplicar al Ingreso Base de Cotización –IBC– los porcentajes definidos en las normas vigentes para salud, pensiones y riesgos laborales. También es responsabilidad del contratante que está realizando la retención, reportar a través del mecanismo de recaudo PILA las novedades de inicio, suspensión o terminación del contrato y las demás que afecten el recaudo.

Cabe resaltar que el ingreso base de cotización del trabajador corresponde mínimo al 40 % del valor mensual de cada contrato y máximo a 25 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

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