Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
El artículo 118-1 del ET solo impone un límite deducible por la norma de subcapitalización a los intereses pagados a los vinculados económicos.
Para deducir los intereses generados a favor de los no vinculados se requiere conseguir certificados especiales, los cuales se deben expedir antes del vencimiento del plazo para declarar.