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Deducción de intereses pagados a terceros: se debe solicitar certificado al acreedor


Deducción de intereses pagados a terceros: se debe solicitar certificado al acreedor

Aquí hablaremos sobre...

  • Deducción de intereses pagados a terceros no vinculados económicamente
  • Requisitos del certificado para la deducción de intereses
  • Antecedentes normativos de la deducción de intereses

Actualizado: 4 febrero, 2026 (hace 6 meses)

La deducción de intereses pagados a terceros no vinculados económicamente o que no son entidades financieras en 2025 exige que el contribuyente solicite un certificado del acreedor. El Consejo de Estado aclaró que puede expedirse en cualquier momento, incluso después de presentar la declaración. Este contenido solo está disponible para Suscriptores. Si ya tienes tu suscripción, ingresa aquí. Si aún no tienes una, aquí puedes ver las opciones disponibles.

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