Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Deducción por pagos de alimentación en declaración de renta de persona natural


Actualizado: 13 julio, 2018 (hace 6 años)

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

Los pagos por alimentación realizados a los trabajadores, ¿pueden ser tomados como deducibles en la declaración de renta de una persona natural?

Resuelta el 06 de julio de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, establece que la expedición de la Ley 1819 de 2016 introdujo diversos cambios relacionados directamente con la presentación de la declaración de renta de las personas naturales residentes, reglamentados a su vez por el Decreto 2250 de 2017.

Es de anotar que si una persona  natural recibe una parte de su salario como alimentación, dicho valor debe ser reportado en la declaración de renta como un ingreso no gravado, según lo indicado en el artículo 387-1 del Estatuto Tributario.

Igualmente es válido precisar que los valores que paga el empleador a los trabajadores por concepto de alimentación, puede ser tomado como un gasto deducible en la respectiva presentación de la declaración de renta.

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